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17 de diciembre de 2021Vigente Descargar PDF original

Decreto Legislativo No. 97-2021 — Dictamen Técnico para adquisición de sistemas de información y desarrollo de sistemas informáticos

Congreso Nacional

  • Decreto: 97-2021
  • Publicación: 17 de diciembre de 2021
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 35,800

Articulos

Articulo 97.-

Las Instituciones del Sector Público del Gobierno Central, Descentralizado y Gobiernos Locales previo a la adquisición de sistemas de información y/o desarrollo de sistemas informáticos en materia administrativa, financiera y contable, requerirán Dictamen Técnico de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, el cual podrá ser firmado por el medio que autorice la Institución, para garantizar que dichas funciones no entren en competencia con los sistemas SIAFI, SAMI, SNIPH u otros sistemas nacionales rectorados por esta Secretaría; en caso de ser favorable el Dictamen Técnico, la Secretaría de Finanzas proveerá posteriormente los lineamientos para garantizar la interoperabilidad o intercambio de información entre los sistemas cuando éste lo requiera; dicho Dictamen Técnico debe ser emitido en un plazo máximo de 45 días hábiles a partir de la fecha de recepción, la solicitud deberá venir acompañada con las especificaciones técnicas y funcionales detalladas de los sistemas que desean adquirir; sin embargo la solicitud que no contenga la información completa o esta sea insuficiente, se le solicitará a la Institución la subsanación de la misma, dejando el plazo para la emisión del Dictamen Técnico suspendido hasta que se reciba la información requerida. No requiere emisión de dictamen, la adquisición de Hardware, Licencias y el Software no relacionado con las funcionalidades descritas en este artículo y los relacionados con el funcionamiento de las operaciones Aduaneras del sistema SARAH, de la Administración Aduanera de Honduras.