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Decreto No. 115-2021 | 17 de diciembre de 2021 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 35,800

Decreto Legislativo No. 115-2021 — Dictamen Técnico para modificaciones entre categorías de inversión y componentes con crédito externo

Articulos

Articulo 115

Las modificaciones entre categorías de inversión y componentes, con crédito externo deberán contar previamente con el Dictamen Técnico de la Dirección General de Inversiones Públicas (DGIP). Las Unidades ejecutoras de proyectos deberán gestionar ante el organismo financiero la No objeción del cambio entre categorías de Inversión. Es requisito obligatorio que la Unidad Ejecutora presente a la Dirección General de Inversiones Públicas la siguiente información:

  • 1)

    Presupuesto aprobado y modificación propuesta por categoría de inversión/ componente;

  • 2)

    Recursos comprometidos y disponibilidades del proyecto por categoría de inversión/componente;

  • 3)

    Informe de ejecución física y financiera acumulada del proyecto; y,

  • 4)

    Justificaciones correspondientes.

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