VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 145-2018 | 19 de diciembre de 2018 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 34,824
Necesidad de Sujetarse al Regimen de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa Instituto de la Propiedad
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Resumen
Esta instrucción obliga a los registradores mercantiles a aplicar la Ley de Apoyo a Micro y Pequeña Empresa permitiendo que las empresas se acojan a sus beneficios (exención de tasas de registro) simplemente declarando por escrito su voluntad de sujetarse a esta ley, sin documentación adicional requerida.
Considerandos
- 1.Que mediante Decreto número 145-2018 aprobado por el Congreso Nacional de la República en fecha 7 de noviembre de 2018 se promulgó la LEY DE APOYO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA con publicación en el Diario Oficial La Gaceta número 34,806 de fecha 28 de noviembre de 2018.
- 2.Que dentro de las motivaciones del Gobierno de la República para dicha la promoción de dicha Ley está la estimulación al sector de la Micro y Pequeña Empresa a través de un espacio de alivio tributario y desregularización de procesos administrativos, que permite precisamente estimular la creación, organización, equipamiento y operación de dichos negocios con la conducción de generar nuevos y mejores empleos para el mercado laboral disponible.
- 3.Que dicha Ley incluye como parte del ya relacionado conjunto de estímulos al sector Micro y Pequeña Empresa la facilitación de los procesos administrativos de registro y formalización de empresas.
- 4.Que la Ley de Propiedad en su artículo 8 claramente establece que el Consejo Directivo es el órgano de decisión y dirección superior del Instituto de la Propiedad (IP), a tal efecto está facultado para regular todos los asuntos que sean de competencia de la Institución a través de Reglamentos, Manuales Técnicos o bien Acuerdos de Instrucción y emisión de opiniones consultivas tal como lo dispone el artículo 10 del Reglamento de la Ley de Propiedad.
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