Decreto Legislativo No. 83-2017 — Prórroga de sesiones ordinarias del Congreso Nacional
Articulos
Articulo 1
Habilitar las Sesiones del Congreso Nacional, del 1 de noviembre de 2017 al 20 de enero de 2018.
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su aprobación y debe ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, en el Centro de Convenciones del Hotel Jicaral, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos Mil diecisiete. antonio cÉSar rivera caLLejaS PreSidente mario aLonSo PÉreZ LÓPeZ Secretario a. joSÉ tomÁS ZamBrano moLina Secretario al Poder ejecutivo Por tanto: ejecútese tegucigalpa, m.d.c., 26 de octubre de 2017 juan orLando HernÁndeZ aLvarado PreSidente de La rePúBLica eL Secretario de eStado en LoS deSPacHoS de derecHoS HumanoS, juSticia, GoBernaciÓn Y deScentraLiZaciÓn HÉctor LeoneL aYaLa _______ Poder Legislativo decreto no. 90-2017