VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 88-2026 | 21 de mayo de 2026 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 37,147
Decreto Legislativo No. 88-2026 — Reformas al Decreto Presupuestario 62-2026 y disposiciones sobre recursos externos
Considerandos
- 1.Que la Constitución de la República establece como obligación fundamental del Estado garantizar a la población el acceso a la salud, la seguridad y los servicios públicos esenciales, debiendo adoptar las medidas presupuestarias, administrativas y financieras necesarias para asegurar la continuidad y eficiencia de dichos servicios, especialmente en áreas estratégicas de interés nacional.
- 2.Que mediante Decreto Legislativo No.62-2026 se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, para el Ejercicio Fiscal 2026, siendo necesario incorporar reformas y disposiciones especiales orientadas a fortalecer la continuidad operativa de los servicios de salud, seguridad y funcionamiento institucional del Estado, así como autorizar las modificaciones presupuestarias pertinentes para atender obligaciones prioritarias de interés público nacional.
- 3.Que de conformidad con el Artículo 205 de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) (tarjeta de crédito, transferencia bancaria o pago en ventanilla de una entidad financiera) no tienen fecha de caducidad, por tanto, toda institución pública está obligada a prestar el servicio correspondiente en el momento en que sea solicitado, siendo el único requisito la presentación del TGR-1 original debidamente pagado, sin que se requieran trámites o validaciones adicionales relacionadas con la vigencia de este. El incumplimiento de esta disposición por parte de cualquier entidad pública podrá ser objeto de sanción administrativa, conforme a los principios de los deberes y derechos del servidor público.” “
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