Decreto Legislativo No. 230-2024 — Tramitación de Modificaciones Presupuestarias mediante FMP-05
Resumen
Este decreto establece que todas las modificaciones presupuestarias en Honduras deben tramitarse usando el formulario FMP-05 del sistema SIAFI, con el mismo valor legal que una resolución oficial. Excepto para cambios de salarios y estructura de puestos, que requieren resolución adicional de la Dirección de Presupuesto. Las instituciones públicas deben presentar solicitudes de forma electrónica y física a Finanzas.
Articulos
Articulo 230
Las Modificaciones Presupuestarias se tramitarán en todos los casos mediante el FMP-05 “Documento de Modificación Presupuestaria” generado por el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), el cual tendrá el mismo efecto de una Resolución Interna o de un Dictamen emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Únicamente para Modificaciones Presupuestarias de salarios, modificaciones de estructuras de puestos en la Administración Central, operaciones relacionadas con la institución Servicios Financieros de la Administración Central (449) y la Incorporación de recursos Sección A Acuerdos y Leyes del Tesoro Nacional (Fuente 11) en la Administración Central, se elaborará Resolución Interna a través de la Dirección General de Presupuesto. Todo documento de solicitud de modificación presupuestaria remitido por las instituciones públicas debe ingresar oficialmente de forma electrónica y física a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), dirigido a la máxima autoridad. El Reglamento de esta Ley establecerá los requisitos que deben cumplir las solicitudes ingresadas y el procedimiento interno a seguir.