Aviso No. 0801-2024-00808 — Aviso de demanda contencioso administrativa por anulación de Resolución 549-CISPN-(PMOP)-INP-2023
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PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de septiembre del 2025. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, en su condición de Representante Procesal de los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez, Leonel Ávila Padilla, Cheldon Horacio Ordoñez Rubio y José Walter Zapata Mejía, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras, a través de la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario, con orden de ingreso número 0801- 2024-00808, “impugnando acto administrativo emitido por la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario siendo la Resolución administrativa No. 549-CISPN-(PMOP)- INP-2023, de fecha 18 de septiembre del año 2023, no conforme a derecho.- Por lo que se demanda anulación de dicho acto.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser al pago retroactivo del reajuste salarial correspondiente al año 2023, siendo un incremento al sueldo de 9.80%, así como también se reconozca este derecho de manera automática para los años subsiguientes por ser derechos de cumplimiento obligatorio. Que corresponde a la tasa de inflación esperada, determinada por el Banco Central de Honduras y el incremento bianual, conforme a lo que establece la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central.- Pago por indemnización por daños y perjuicios.- Con especial condena en costas, se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Cotejamiento”. Asimismo, en fecha nueve (09) de septiembre del dos mil veinticinco (2025), este Juzgado dictó providencia en el cual resolvió la ampliación solicitada por la Abogada Claudia Isabel Valladares Galo, para ello transcribimos el contenido de la providencia antes referida única y exclusivamente en lo siguiente: “Que los señores Juan Ángel Lupiac Rodríguez y José Walter Zapata Mejía, quienes fueron cancelados por retiro voluntario con pago de su Cesantía en el año 2023, ya que no fueron reconocidos sus derechos del reajuste que corresponde al índice de inflación esperada anual y el incremento bianual, conforme establece el Estatuto del Médico Empleado, ya que se reclamaba cada año dichos derechos desde el año 2017 a la fecha, ya que años anteriores fueron reconocidos dichos derechos por lo que se ordena a las autoridades Penitenciarias ya que han omitido tales derechos adquiridos en el sentido que se reajuste tanto su salario que corresponde al año 2023 y que sea reconocido dicho reajuste en relación a su retiro voluntario por Cesantía y al de su jubilación otorgado por el Instituto de Previsión Militar”. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 16 O. 2025