Aviso No. 0801-2020-00127 — Aviso de demanda contencioso administrativa de FABRICIO ANDONY SUAREZ SUAREZ
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El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de febrero del año dos mil veinte (2020), compareció a este Juzgado el señor FABRICIO ANDONY SUAREZ SUAREZ, incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden de ingreso No. 0801-2020-00127, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para la nulidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo No. 0277-2020 de fecha 10 de febrero del 2020 emitida por la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de marzo de 2020, compareció ante este Juzgado la señora Erika Lizzette Midence Vallecillo, incoando demanda especial en materia de personal con orden de ingreso No. 140-2020, contra el Ministerio Público, para que se declare mediante sentencia definitiva la nulidad e ilegalidad parcial de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por retiro voluntario FGR/OFCH- No. 492-2019 de fecha diecinueve (19) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019) emitido por el Ministerio Público, por contener vicios de nulidad, vicios de anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada, y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, el pago del cien por ciento (100%) de las prestaciones laborales desde la fecha de nombramiento hasta la ejecución de la sentencia y como daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha efectiva de la cancelación hasta la fecha de ejecución de la sentencia. Se acompañan documentos.- Se confiere Poder. En relación con el Acuerdo de cancelación por retiro voluntario FGR/OFCH-No. 294-2019 dictado por el Ministerio Público, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 22 J. 2021 _________ SEGURIDAD, por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico establecido, por ende se declare la ilegalidad y la nulidad total. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o en mejores condiciones a las que tenía al momento del despido; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en mi ausencia, desde la fecha de mi despido hasta la fecha en que se materialice el reintegro a mi puesto de trabajo del cual fui despedido en forma arbitraria e ilegal.- Costa del juicio.- Se acompaña documentos.- se acredita representación. ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA SECRETARIO ADJUNTO 22 J. 2021. _________
La G aceta
Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 22 DE J U NIO DEL 2021 No. 35,635