Aviso No. 0801-2022-00980 — Demanda vía procedimiento especial en materia de personal contra Procuraduría General por nulidad de Acuerdos No. CTL 1456-2022 y CTL 1328-2022
Resumen
Una empleada demanda al gobierno para anular su despido, que considera ilegal. Solicita ser reintegrada a su cargo con todos los salarios adeudados, beneficios (decimotercero, decimocuarto y vacaciones) y que se igualen sus sueldos con los de compañeros en igual posición, conforme a derecho laboral.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (2) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso Demanda Personal ante este Juzgado la señora Milagro Alejandra Vásquez Aceituno, actuando en su condición Personal, con orden de ingreso número 0801-2022-01215, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando Demanda Especial Contencioso Administrativa, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativos de Carácter Particular en Materia de Personal por haberse emitido infringiendo el ordenamiento Jurídico y no ser conforme a Derecho.- Reconocimiento de Situación Jurídica Individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se me reintegre o restituya en mi cargo de igual o mejor categoría, más el pago de los sueldos dejados de percibir que me corresponden a partir de la fecha de mi cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más el pago de los Derechos adquiridos, como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario y vacaciones que me correspondan.- Así como los aumentos de salarios que se otorguen al cargo que desempeñaba hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que se dicte. - Que se nivele mi salario conforme al salario de otras personas que desempeñaban el mismo cargo en la Institución amparado en precepto Constitucional del trabajo igual, salario igual. - De igual forma se decrete la nulidad del Acto por el cual se hubiere designado el sustituto de mi cargo más condena costas. - Se acompañan documentos. -Poder. - Va en relación al Acuerdo No. 645-2022. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 5 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 8 D E A BRI L D E L 2024 N o . 36,503 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO