Aviso No. 0801-2023-01331 — Demanda de nulidad de Acuerdo de Cancelación No. 4219-2023 - Miream Elizabeth Lanza Moreira
Resumen
Una abogada presenta una demanda contra el Estado de Honduras pidiendo que declare nula la cancelación de empleo de su cliente, una empleada del Ministerio de Salud. Busca que la reintegren a su puesto, le paguen los salarios dejados de percibir, prestaciones laborales y una indemnización por daños, argumentando que el despido fue ilegal e incumplió los procedimientos requeridos por ley.
Texto completo
Que en fecha trece (13) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado RODOLFO OCON ZAMBRANO, en su condición de apoderado legal de la señora MIREAM ELIZABETH LANZA MOREIRA, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01331, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por Despido número 4219-2023 por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada de la titular del derecho que se reclaman y como medida necesaria para el pleno restablecimiento del mismo, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que de manera ilegal se efectuó la cancelación mi representado, hasta el momento en que se materialice el reintegro al puesto de trabajo, más los aumentos o reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. Poder. Costas. En relación al Acuerdo de Cacelación por Despido No. 4219-2023 de fecha 22 de noviembre del año 2023 con efectividad a partir de la misma fecha. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 19 A. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS