Aviso — Demanda de nulidad de acto administrativo de personal contra Instituto de la Propiedad
Resumen
Un trabajador del Instituto de la Propiedad demanda al Estado para que anule su despido, considerando que fue hecho ilegalmente. Si gana el juicio, será reinstalado en su puesto o en uno igual/mejor, y recibirá todos los salarios que dejó de ganar desde que lo despidieron.
Texto completo
Que en fecha uno (01) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, en su condición de representante procesal del señor HENRY ALEXANDER PAGOADA ROMERO interponiendo demanda especial en materia Personal, con número de ingreso 0801-2023-01299, contra el ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, incoando demanda especial para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo. Se acompañan documentos. - Costas del juicio. En relacíón al Acuerdo No. 739-2023 de fecha 22 de noviembre del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 A. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: