Aviso — Demanda ordinaria de médicos por nivelación salarial contra Secretaría de Salud
Resumen
Un grupo de 12 médicos demanda a la Secretaría de Salud para que se nivele sus salarios a partir de 2020, con incrementos anuales específicos (entre 4% y 9.80%), y reciba pagos atrasados desde entonces. La demanda busca que el Estado reconozca la ilegalidad de no haber resuelto su solicitud de nivelación salarial presentada en 2020.
Texto completo
Que en fecha 22 de septiembre del 2023, compareció a este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de representante procesal de los ciudadanos: NOHEMÍ LOPEZ NUÑEZ, BESSY MARITZA SUAZO LIZARDO, JOSÉ NIDIAN VELÁSQUEZ CHAVARRIA, JOHANA MARICELA MARTÍNEZ ÁVILA, NORMAN RENAN BUSTILLO TEJEDA, LUIS ENRIQUE DUBON SANTOS, JULIO MARCIAL OCHOA QUAN, PABLO DAVID TORO AMAYA, ALLAN IVAN IZAGUIRRE GONZALEZ, THANIA BERENICE FERNANDEZ SERRANO, LINDA VERONICA VALLADARES CHICAS y AUGUSTO SANCHEZ TREJO, todos en su condición personal, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la Acto Presunto en sentido negativo por el silencio administrativo a la solicitud de pronta resolución presentada en fecha 12 de julio del 2023 en el reclamo administrativo presentado en fecha nueve (9) de marzo del 2020, en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, reconocimiento de una situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se adopten las medidas necesarias como ser:
- 1)
Pago de nivelación a la base salarial NOHEMÍ LOPEZ NUÑEZ, BESSY MARITZA SUAZO LIZARDO, JOSÉ NIDIAN VELÁSQUEZ CHAVARRIA, JOHANA MARICELA MARTÍNEZ ÁVILA, NORMAN RENAN BUSTILLO TEJEDA, LUIS ENRIQUE DUBON SANTOS, JULIO MARCIAL OCHOA QUAN, PABLO DAVID TORO AMAYA, ALLAN IVAN IZAGUIRRE GONZALEZ, THANIA BERENICE FERNANDEZ SERRANO y LINDA VERONICA VALLADARES CHICAS, consistente en una base salarial de (L 40,147.19), para el caso de los médicos generales y (L 46,838.38), para el caso de los médicos especialistas y sobre esa base salarial los incrementos siguientes: 2020: 7.58%, 2021: 4.01%, 2022: 8.82%, 2023: 9.80% y consecuentemente de esa manera acumular los porcentajes de incrementos para los años que dure la presente demanda;
- 2)
Porcentajes de incrementos para el señor AUGUSTO SANCHEZ TREJO, se solicitan los incrementos del año 2013 a la fecha de la siguiente manera: Año 2013: 6%, Año 2014: Año 2015: 5.82%, Año 2016: 8%, Año 2017: 4.5%, Año 2018: 7.73%, Año 2019: 4.22%, Año 2020: 7.58%, Año 2021: 4.01 %, Año 2022: 8.82%, Año 2023: 9.80% y los porcentajes de incrementos e incentivos para los años siguientes que dure el presente juicio;
- 3)
En ambos casos pago reajuste y pago de salarios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir inicio de la relación laboral o desde año 2013, segun corresponda hasta la fecha que se ejecute la sentencia;
- 4)
Pago del interés legal sobre la cantidad que resulte. Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01045. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 23 A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: