Aviso No. 0801-2022-00629 — Demanda de Alexis Omar Rivera Vasquez contra Administración Aduanera de Honduras
Resumen
Este aviso publicita tres demandas presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Honduras en 2022. Las demandas buscan anular decisiones administrativas relacionadas con despidos y cesantías de empleados públicos, y reclamar el pago de salarios, prestaciones laborales e indemnizaciones por daños. Afecta a trabajadores del Estado que fueron separados de sus cargos.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de mayo de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora MARITZA O HARA CARCAMO, quien confirió poder a la Abogada DELMY ANARDA BANEGAS PADILLA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2022-00336, J.5, interponiendo demanda especial en materia de personal consistente en Acuerdo número SEDH-007- 2022 de fecha diecinueve (19) de abril de dos mil veintidós (2022) emitido por la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS.- Se solicita la nulidad de un acto administrativo tácito y que es sujeto a derecho administrativo, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno y total restablecimiento, se adopten cuantas medidas como lo sean necesarias, consistente en:
- 1)
El pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales; y,
- 2)
A título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido ilegal hasta que quede firme la sentencia.- Se hace relación de medios de prueba con los hechos alegados, que se dicte sentencia definitiva condenatoria, se acompaña documentos y cita lugar donde obran documentos y se señala lugar donde obran originales. ABOG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 2 S. 2022 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C .A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de abril de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado los Abogados SAMUEL FERNANDO JOSE LANZA FERRERA, ALBERTO MARTIN LOZANO FERRERA, PARIS EDUARDO DUBON ACOSTA y HERIBERTO GUSTAVO NAVARRETE BOQUIN, actuando en su condición de Apoderados Legal de los señores MARCO TULIO FLORES ESCOBAR y RCARDO ANTONIO DIAZ ACEITUNO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal, con orden de ingreso número 0801-2022-00212, contra el Estado de Honduras a través del CONGRESO NACIONAL DE HONDURAS, para que se declare no conforme a derecho y se anulen los actos administrativos de carácter particular consistente en los Acuerdos número CAN-049-2022-GRH y CAN-057-2022-GRH e fecha quince (15) y veintidós (22) de febrero del año dos mil veintidós (2022), emitido por la Gerencia de Recursos Humanos del Congreso Nacional de la República de Honduras, por haber sido dictados infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de un situación jurídica individualizada.- Se ordene el pago de las prestaciones laborales y salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en ausencia de los afectados a partir de la fecha de la cancelación de los afectados a partir de la fecha de la cancelación de los Acuerdos de Nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda.- Se reconozca la antigüedad laboral desde la fecha de inicio de labores de los afectados.- Costas del juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles para el emplazamiento del demandad.- Se acompañan documentos.-Petición.- Poderes. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2022
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURA S T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 3 D E SEPTIEMBRE D E L 2022 N o . 36,019 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O