Aviso No. 0801-2023-00953 — Demanda de nulidad de Resoluciones 046-2022 y 121-2023 interpuesta por Luvian Damaris Castellanos
Resumen
Una ciudadana demanda al Estado hondureño (INJUPEMP) para anular dos resoluciones administrativas que afectaron la compra de su vivienda, alegando que se violaron procedimientos legales y formalidades esenciales. Solicita que se declaren nulas estas decisiones y se le devuelva el dinero pagado con intereses y daños.
Texto completo
comparece la señora LUVIAN DAMARIS CASTELLANOS, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2023-00953, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), interpone para que se declare la nulidad de una resolución que es un acto administrativo de carácter particular, por la infracción de procedimiento procesal administrativo, por el quebrantamiento de formalidades esenciales en un contrato sobre la adquisidor de una vivienda, que se adopten medidas necesarias en el pago de daños y perjuicios, devolución de dinero, pagado con sus respectivos intereses. Que se condene en costas en el presente juicio. Petición acompañando documentos. Poder se hace mención de reserva de actuar en jurisdicción civil en demanda de reivindicatoria de dominio e indemnización por daños; en relación a la Resoluciones No. 046-2022 y la Resolución No. 121-2023 ambas de fecha 09 de enero del año 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 17 J. 2025 _________ LA no es responsable del contenido de las publica- ciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 17 DE JUNI O D E L 2025 N o . 36,866 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de septiembre del año dos mil veintidós (2022),