Aviso No. 0801-2023-00954 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de Acuerdo de Cancelación 2251-2023
Resumen
Una médica del Hospital Mario Catarino Rivas demanda al Estado para anular su despido ilegal ocurrido en agosto de 2023. Busca ser reintegrada a su puesto, recibir sus salarios no pagados, prestaciones laborales y beneficios desde su cancelación hasta su reinstalación.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de agosto del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado los abogados LUIS ENRIQUE AMAYA REYES y MARIO ALFONSO AGUILAR GIRON, en su condición de representante procesal de la señora PAOLA NOHEMY KATSUMATA LEIVA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00954, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE SALUD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro por la separación inconstitucional e incausada, al cargo de médico general del Hospital Mario Catarino Rivas, salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificaciones por concepto de vacaciones y demás beneficios laborales que se otorguen.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Indefensión y notificación defectuosa. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. Se acompañan documentos.- Poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 2251-2023 de fecha 02 de agosto del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 19 D. 2023 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO