Aviso No. 0801-2025-00143 — Demanda Contencioso Administrativa contra Secretaría de Desarrollo Económico por Actos Presuntos
Resumen
Un empleado demanda a la Secretaría de Desarrollo Económico por no responder sus reclamos en los plazos legales. Busca que le reconozcan el cargo de Oficial Jurídico I que realiza desde 2021, le igualen el salario, paguen lo adeudado desde 2021 con intereses, y se reconozcan sus derechos laborales completos.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticinco (2025), compareció ante este juzgado el señor MANUEL DE JESUS CALLEJAS NUÑEZ, incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2025-00143, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, se interpone demanda ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad Actos Administrativos de carácter particular consistente en:
- 1)
un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por no resolver en los plazo establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo el reclamo administrativo presentado en fecha cuatro (04) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) y
- 2)
un acto presunto por el silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por no resolver en los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativos el recurso de reposición presentado en fecha treinta y uno (31) de enero del dos mil veinticinco (2025); por haber sido emitidos con vicio de nulidad absoluta.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos subjetivos vulnerados entre ellas, se otorgue la reasignación o reclasificación al cargo de Oficial Jurídico I, por estar realizando las funciones y atribuciones de dicho cargo de manera funcional desde el cuatro (04) del dos mil veintiuno(2012), acción de personal que deberá se emitida mediante el respectivo acuerdo, además en aplicación del Principio Constitucional de "igual trabajo igual salario" se reconozca la nivelación salarial incluyendo los demás derechos laborales del cargo de Oficial Jurídico I, dicho reajuste salarial deberá ser pagado de manera retroactiva desde el cuatro (04) de febrero del dos mil veintiuno (2021) hasta que se ejecute; así mismo se reconozca el pago del interés del 6% sobre la cantidad reclamada, reconociendo los derechos laborales, aumentos, décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y quinquenios.- Se confiere poder.- Se acompaña documentos.- En relación al acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el despacho de Desarrollo Económico. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO