Aviso No. 0801-2026-00476 — Aviso de demanda contenciosa administrativa en materia personal contra Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios
Resumen
Estos avisos notifican dos demandas contencioso-administrativas contra el Estado hondureño. La primera reclama la nulidad de un despido ilegal de un empleado y pide su reintegro con salarios adeudados. La segunda solicita la nulidad del despido de un diplomático y su regreso al cargo con compensaciones laborales.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de agosto del 2022, compareció ante este Juzgado el señor Walter Javier Medina Sierra, en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, con orden de ingreso número 0801-2022-00946, "... Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en un Acuerdo de Cancelación No. CTL-1290-2022, del 04 de julio de 2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual fue ilegalmente cancelado o a uno de mejor categoría en la nueva institución creada. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado, 5 de julio de 2022, hasta que sea reintegrado definitiva y satisfactoriamente al cargo del que fue ilegalmente cancelado, más los distintos derechos laborales conexos derivados de la interrumpida relación como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario proporcional, vacaciones, vacaciones proporcionales, bonificaciones aumentos y cualquier otro derecho que se pudiese otorgar durante la vigencia del ilegal acto que hoy se impugna y se decrete, en su caso, la nulidad del Acuerdo de Nombramiento de su sustituto. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obra otros originales. Se relacionen con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento en condena de costas a la parte demandada". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2026. _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (12) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado el Abogado OSCAR MARTINEZ RIGAMONTTY, en su condición de representante procesal del ciudadano OSCAR EDUARDO MARTINEZ MARADIAGA, incoando demanda con orden de ingreso 0801- 2026-00478 vía procedimiento en materia personal contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el reintegro al cargo de Ministro Consejero en la Representación Diplomática de Honduras, ante el Reino de España, adscrito a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro efectivo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los incrementos salariales y compensaciones que tuviere el puesto durante la secuela del juicio.- Pago de derechos, laborales adquiridos: Décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificaciones por concepto de vacaciones y demás beneficios derivados de la Ley del Servicio Diplomático y Consular.- Daño moral.- Especial condena en costas a la parte demandada.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se acompañan documentos.- Poder.- Petición. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2026.
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 7 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,135 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS