Aviso No. 0801-2026-00590 — Aviso de Demanda por Incumplimiento de Resolución Administrativa de Infraestructura y Transporte
Resumen
Un ciudadano demanda al Estado de Honduras porque la Secretaría de Infraestructura y Transporte no cumplió una resolución de 2013 que le debe L. 27,464,127.71. La demanda busca que se declare nula la negativa administrativa y se ordene el pago de la deuda pendiente desde hace más de una década.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de marzo del 2026, compareció a este Juzgado el Abogado JORGE ABILIO SERRANO VILLANUEVA; en su condición de representante procesal del ciudadano VICENTE GUEVARA PEREZ, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en el acto presunto legal por silencio administrativo en sentido negativo al no haber sido resuelto dentro del plazo legal la solicitud de pronta resolución presentada en fecha 16 de enero del 2026 por no haber sido resuelto dentro del plazo legal la solicitud de cumplimiento de la resolución administrativa de fecha cinco de julio del 2013, emitida en el reclamo administrativo No. 302-2011, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT), reconocimiento de una situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se adopten las medidas necesarias y se ordene el pago de la cantidad de VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTISIETE LEMPIRAS CON SETENTA Y UN CENTAVOS (L. 27,464,127.71) cantidad adeudada por el incumplimiento del contenido de la resolución administrativa emitida en fecha cinco de julio del 2013 emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Obras Públicas, Transporte y Vivienda; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso número 0801- 2026-00590. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2026. ____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. Tegucigalpa, M.D.C., 08 de abril de 2026. AVISO