Edicto No. 0801-2026-00690 — Demanda contenciosa administrativa - Cancelación por SETRASS
Resumen
Un trabajador demanda al Estado hondureño para anular su despido de SETRASS, argumentando que violó sus derechos laborales y constitucionales. Solicita ser reinstalado con todos sus beneficios, salarios adeudados desde marzo de 2026 y compensación por daños causados.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de marzo de 2026, compareció ante este juzgado la Abogada Mayra Alejandra Vega Acosta, en su condición de representante procesal del señor Johan Stiven López Montoya, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No. 0801-2026- 00690, “... para que se declare la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de carácter particular consistente en su Acuerdo de Cancelación No. SETRASS-172-2026, de fecha 02 de marzo del 2026, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, en violación a garantías constitucionales del derecho al trabajo. A la estabilidad laboral. Garantía del debido proceso. Derecho a la defensa y al principio de legalidad. Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones con reconocimiento de antigüedad laboral. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir cuantificados desde la fecha de su cancelación hasta que se produzca su reinstalación. Pago de salario adeudado por reducción ilegal. Reajuste de salario. Pago de incrementos que se den en ausencia ya sean generales o selectivos en el cargo de igual o mejor categoría. Incrementos salariales, beneficios, bonos, conquistados por el Sindicato de Trabajadores de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social, pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales, quinquenios. Nulidad del Acuerdo de Nombramiento del sustituto. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Se acompaña poder. Petición”. ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 1 J. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 1 DE JUNI O D E L 2026 N o . 37,156 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO