Aviso No. 0801-2022-01157 — Demanda de nulidad de acto administrativo presentada por Zimri Azmaveth Puentes Lainez contra Secretaría de Derechos Humanos
Resumen
Un juzgado recibió una demanda de Zimri Azmaveth Puentes Lainez contra la Secretaría de Derechos Humanos para anular su despido. La demanda pide que se declare ilegal el despido, se reconozca su derecho a trabajar y se le paguen los salarios, prestaciones y vacaciones que perdió desde que fue cancelada hasta que se resuelva el caso.
Texto completo
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora ZIMRI AZMAVETH PUENTES LAINEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01157, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al pago de prestaciones e indemnizaciones laborales así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que la sentencia que recaiga quede firme conforme a la sujeción de las normas procesales pago de las vacaciones que debería haber gozado.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar se acompañan documentos. Se acredita Juzgado de Letras representación.- Costas. En relación al Acuerdo de Cancelación N°. SEDH- 069-2022 de fecha 12 de agosto del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 N. 2022. ________