Aviso No. 0801-2022-01257 — Demanda contencioso administrativa en materia de personal - 20 demandantes
Resumen
Veinte empleados demandaron a la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Infraestructura por haber sido cancelados ilegalmente de sus puestos. El juzgado recibió la demanda para anular esos despidos y ordenar la reintegración de los trabajadores, pagándoles sueldos, vacaciones y otros beneficios adeudados desde su cancelación.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La Infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado los Abogados GERMAN DANIEL LICONA y ROSMELL JOSE LANZA apoderados legales de los Señores
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MIRNA CONCEPCION ESPINO CABELLO,
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GLORIA BELINDA BORJAS QUIROZ,
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DAMARY ESTHER PERALTA DIAZ,
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BELKIS CAROLINA CASTILLO HERNANDEZ,
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HENRY GEOVANNY VALLE PACHECO,
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BETSY TRINIDAD RUIZ FLORES,
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VICTORIA ISABEL ROMERO ZELAYA,
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IRIS IVETH PONCE BURGOS,
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DAVID LEMPIRA ZUNIGA ELVIR,
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NINA MELITZA VASQUEZ ZAPATA,
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JUSTO MABIEL ALVARADO RODRIGUEZ,
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DIANA YAQUELIN MARTINEZ GODOY,
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GENESIS FIDELIA REYES CORRALES,
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JULIA MARIA LOPEZ,
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NELY SUYAPA LAGOS LAGOS,
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PAMELA DEL CARMEN BARRIENTOS ANDURAY,
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CESAR AUGUSTO HERNANDEZ MEDINA,
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RIGOBERTO DOMINGUEZ MARQUEZ,
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KATHERIN JULISSA SANCHEZ SOSA, y 20.-ELVIA GEORGINA ESPINAL FLORES, contra la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos, con orden de ingreso 0801-2022-01257 incoando demanda para la nulidad de los actos administrativos de carácter particular en materia de personal, reconocimiento de las situaciones jurídicas individualizadas por la cancelación ilegal e injustificada contenidos en los Acuerdos de Cancelación números CTL- 953-2022, CTL-559-2022, CTL-406-2022, CTL-322-2022, CTL-593-2022, CTL-334-2022, CTL-1185-2022, CTL-612- 2022, CTL-415-2022, CTL-975-2022, CTL-751-2022, CTL- 438-2022, CTL-544-2022, CTL-741-2022, CTL-969-2022, CTL-1017-2022, CTL-377-2022, CTL-1068-2022, CTL- 774-2022 y CTL-475-2022, y como medidas para su pleno restablecimiento de los derechos de nuestro representado se ordene mediante sentencia el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios e1 pago de vacaciones pendientes, sueldos y salarios pendientes de pago, el pago de sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificado, pago de décimo cuarto mes, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, quinquenios, aumentos desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Costas del juicio.- Pago de Honorarios profesionales.- Se adjuntan documentos.- Poder.- Relacionado con los Acuerdos de Cancelaciones CTL-953-2022, CTL-559-2022, CTL-406- 2022, CTL-322-2022, CTL-593-2022, CTL-334- 2022, CTL-1185-2022, CTL-612-2022, CTL-415-2022, CTL-975-2022, CTL-751-2022, CTL-438-2022, CTL-544- 2022, CTL-741-2022, CTL-969- 2022, CTL-1017-2022, CTL-377-2022, CTL-1068-2022, CTL-774-2022 y CTL- 475-2022. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 13 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 13 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,333