Aviso No. 0801-2024-00896 — Demanda de personal - Luis Andrés Centeno Sorto contra Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad
Resumen
Este aviso publica tres demandas laborales y administrativas presentadas ante juzgados hondureños: Luis Andrés Centeno Sorto reclama la nulidad de su despido del Instituto de la Propiedad y pide reingresar a su puesto con salarios adeudados; Natalia Girón Sierra impugna su cancelación de la Secretaría de Relaciones Exteriores; y la empresa Proyectos de Centroamérica cuestiona una sanción de la Secretaría de Desarrollo Económico. Estos avisos notifican públicamente que los casos fueron admitidos en los juzgados para tramitarse según la ley.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el señor LUIS ANDRÉS CENTENO SORTO, quien confirió poder al abogado ALBERTO GARCIA FORTÍN, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00896, contra el Estado de Honduras a través de la COMISIÓN INTERVENTORA DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número CI-IP-267-2024, de fecha 23 de septiembre de 2024, y notificado en fecha 07 de noviembre de 2024, emitido por la Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad, que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser el reintegro a mi puesto de trabajo, reconocimiento de aumentos salariales en ausencia y los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectividad del acuerdo de cancelación hasta la fecha en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria y demás que sean necesarias, habilitación de días y horas inhábiles, se acompañan documentos, se confiere poder, condena en costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 22 E. 2025 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que la Abogada CELESTE JULISSA RODRIGUEZ PEREZ, en su condición de Representante Procesal del señor CARLOS ROBERTO REYES MARADIAGA, presentó ante este Juzgado SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR EXTRAVIADO, que mantiene en Banco del País, el señor CARLOS ROBERTO REYES MARADIAGA, consistente en el Certificado de Depósito a Plazo No. de cuenta 31-342-000181-7, con promedio Anual de SIETE CIFRAS ALTAS, extendida por Banco del País, en fecha 17 de Mayo del año 2023, el título anteriormente relacionado se encuentra extraviado a su titular y tenedor legítimo, no encontrándose en proceso de circulación. Choluteca, 07 de enero del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 22 E. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M. D . C . , 22 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,746 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de enero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Natalia Girón Sierra, en su causa propia, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, con orden de ingreso número 0801-2023- 00079, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. 757-SRH-2022, de fecha diecinueve de diciembre de dos mil veintidós (2022) y notificado en fecha veintidós (22) de diciembre de dos mil veintidós (2022), acto administrativo emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Acción que se presenta para que se declare no ser conforme a derecho, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente. Que se reconozca la situación jurídica individualizada consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de sus derechos ordenándose el pago de los salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo, además del reconociendo los incrementos salariales durante la secuela del juicio, más del pago de los de más derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser décimo tecer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y otros.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 22 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el JOSE ALEJANDRO ANDINO GALDAMEZ, en su condición de representante procesal de la EMPRESA PROYECTOS DE CENTROAMERICA S.A., interponiendo demanda especial en materia personal, con número de ingreso 0801-2023-01297, contra el contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, incoando demanda ordinaria Contencioso Administrativa, para la nulidad de un acto administrativo.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se declaren sin lugar los cargos o infracciones imputadas y consecuentemente se deje sin valor ni efecto la sanción impuesta.- Se relacionan medios de prueba reservándome el derecho para acreditar otra prueba, en el momento procesal adecuado; En relación a la Resolución Número DGPC-618- 2021 de fecha 25 de octubre del 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 22 E. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO