Aviso No. 0801-2023-00054 — Demanda contencioso-administrativa por nulidad de acto administrativo de personal
Resumen
Un ciudadano demanda al gobierno para anular su despido como Director General de Derechos Humanos. Pide que lo reinstalen en el cargo, le paguen los salarios no percibidos, prestaciones laborales y daños morales. El juzgado notifica a las partes involucradas para que comparezcan al proceso.
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 enero del 2023, compareció a este juzgado el abogado Jorge Roberto Kafati Kesieh, en su condición de representante procesal del ciudadano Cesar Jáuregui Alvarado. Por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. SEDH-160- 2022, de fecha treinta de noviembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos. Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Director general de la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto del cual fue cancelado durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones, condenar en costas a la parte demandada y daño moral. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00054.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 24 A. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DE FRANCISCO MORAZAN