Aviso No. 0501-2024-00024 — Demanda contencioso administrativa - Nulidad del Plan de Arbitrios de Nueva Arcadia
Resumen
Tres mujeres demandan al Estado de Honduras para anular decisiones del SAR que las despidieron en diciembre de 2023. Buscan ser reinstaladas en sus trabajos, recibir salarios no pagados y reconocimiento de daños. El caso cuestiona si el despido por reducción de personal fue legal.
Texto completo
Que en fecha veinticinco de enero del año dos mil veinticuatro, el abogado Carlos Alberto Montes Manzano, en su condición de apoderado judicial de las señoras Maria Jose Valle Villeda, Michelle Adela Soler Ceballos, Kelly Abigail Perdomo Laínez.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2024-00021-LAP y número asignado por el Juzgado 22- 2024 S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, a través del Servicio de Administración de Rentas (SAR); dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad de varios actos administrativos de carácter particular que se anule totalmente los mismos que se reconozca la situación jurídica individualizada del derecho subjetivo violado consistente en los acuerdo de cancelación notificación mediante acuerdo número SAR-N°629-2023 de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil veintitrés Maria Jose Valle Villeda. Emitido por el Servicio de Administración de Renta (SAR), notificado en fecha diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, acuerdo número SAR-N°639-2023 de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil veintitrés Michelle Adela Soler Ceballos. Emitido por el Servicio de Administración de Renta (SAR) notificada el diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, acuerdo número SAR-N°640-2023 de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil veintitrés Kelly Abigail Perdomo Laínez. Emitido por el Servicio de Administración de Renta (SAR) notificada el diecinueve de diciembre del año dos mil veintitrés, que se les reintegre al trabajo con el reconocimientos de los salarios dejados de percibir una remuneración en conceptos de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios y al pago de los demás derechos laborales de conformidad a ley, desistimiento de la causal de terminación de relación laboral por reducción de personal para obtener una más eficaz y económica organización administrativa. San Pedro Sula, Cortés, 08 de febrero del año dos mil veinticuatro Licenciado Juan Anatonio Madrid Guzmán Secretario General 15 F. 2024