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Decreto No. PCM-19-2015 | 26 de mayo de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,739

Decreto Ejecutivo No. PCM-19-2015 — Reforma al Artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-067-2014 sobre autorización de fondos para vivienda social

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Resumen

Este decreto autoriza 800 millones de lempiras para programas de vivienda social en 2015, dirigidos a familias pobres a través de bonos habitacionales. Los fondos se distribuyen entre subsidios de vivienda y créditos con tasas de interés reducidas en bancos participantes, con el objetivo de facilitar el acceso a vivienda digna para la población de bajos ingresos.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con la Constitución de la República, Artículo 245, numeral 2, corresponde al Presidente de la República, dirigir la política general del Estado y representarlo.
  2. 2.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por si o en Consejo de Secretarios de Estado.
  3. 3.Que de conformidad con la Constitución de la República se reconoce a los hondureños el derecho de una vivienda digna, siendo para el actual Gobierno un tema de urgente necesidad solventar necesidad habitacional de la población mediante la utilización de los diferentes recursos humanos y financieros con que cuenta el país. CONSIDERANDO: El Presidente de la República en Consejo de Ministros aprobó el Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2014 del 30 de mayo de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de mayo de 2014, con el objetivo de crear la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVI ENDA), como una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, de interés público, con personalidad jurídica propia, de duración indefinida, con su propio patrimonio, independencia administrativa, técnica y financiera, con la finalidad de concentrar, crear y articular los esfuerzos en una sola entidad que permita formular políticas y Programas eficientes en materia de Vivienda. DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-19-2015 Poder Ejecutivo
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministros Número PCM-067-2014 del 10 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014, se aprobó la Política Nacional de Vivienda, por medio de la cual la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) atenderá a la población menos favorecida a través del Bono de Vivienda para Una Vida Mejor.
  5. 5.Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministros Número PCM-081- 2014 del 3 de diciembre de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de diciembre de 2014, se facultó a la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA), para que incorporará a la Política Nacional de Vivienda otros Programas que permitan darle cumplimiento a los objetivos de la Comisión.

Articulos

Articulo 1

Reformar el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 del 10 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014, el cual se leerá así: “Artículo 4.- Autorizar al Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Solidaridad de Protección para la Reducción de la Pobreza Extrema a destinar para el Ejercicio Fiscal del año 2015, el monto de OCHOCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.800,000,000.00), los cuales serán utilizados para promover a través del Bono, los Programas para atender la Vivienda Social o Soluciones Habitacionales para Una Vida Mejor. Con el monto mencionado en el párrafo anterior se podrán atender todos los subsidios contemplados en el Decreto Legislativo No.348-2002 emitido el 24 de octubre del 2002 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 19 de noviembre de 2002; Decreto Legislativo No. 229-2011 aprobado 7 de diciembre del 2011y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 14 de enero de 2012 y el Decreto Legislativo No. 401-2013 del 20 de enero de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 26 de marzo de 2014.

Articulo 2

Facultar a la COMISIÓN NACIO- NAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA para que de los fondos autorizados en el Artículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 del 10 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014 y reformado mediante el presente Decreto, pueda a través del Comité Técnico del Fideicomiso hacer uso del mismo en la forma siguiente: a) Como un incentivo a todas aquellas instituciones del sistema financiero calificadas en BANHPROVI que apoyan los programas y proyectos de vivienda de interés social, utilizar hasta el monto de CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS (L. 50, 000,000.00) para otorgar el uno por ciento (1%) anual adicional a la tasa de interés de intermediación financiera de los créditos aprobados a los beneficiarios que se acojan a dichos programas de interés social. Estos fondos serán trasladados al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) y serán

Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

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