VigenteCategoria: Constitucional
Decreto No. Ejecutivo-15-DGAJTC-2023 | 20 de diciembre de 2023 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,414

Acuerdo-Ejecutivo-15-DGAJTC-2023

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Resumen

Honduras acuerda con Maldivas permitir que los ciudadanos de ambos países viajen sin visa hasta 30 días (máximo 90 en 180 días). Los viajeros solo necesitan presentar pasaporte válido en pasos fronterizos autorizados. Cada país puede suspender este acuerdo por seguridad nacional o salud pública, notificando con 48 horas de anticipación.

Considerandos

  1. 1.Que el Estado de Honduras reconoce la importancia de los tratados como fuente del derecho internacional y como medio para desarrollar la cooperación con otras naciones, sean cuales fueren sus regímenes constitucionales y sociales.
  2. 2.Que el Poder Ejecutivo puede, sobre materias de su exclusiva competencia, celebrar o ratificar convenios internacionales con estados extranjeros u organizaciones internacionales o adherirse a ellos sin el requisito previo de la aprobación del Congreso, al que deberá informar inmediatamente. CONSIDERANDO: La Ley de Migración y Extranjería, es regular la política migratoria del Estado de Honduras, la entrada y salida de personas nacionales y extranjeras, la permanencia de estas últimas en territorio nacional y la emisión de documentos migratorios. TOMANDO EN CUENTA: El Interés de la República de Maldivas, en suscribir el Acuerdo en materia de Supresión de Visas, el cual concluyó con la firma del citado instrumento que permitirá y facilitará los trámites de viaje y libre circulación sin visa entre los ciudadanos de ambos Estados, eximiéndolos del requisito de visa, beneficio que viene a reforzar sus relaciones diplomáticas.

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