VigenteCategoria: Financiero y TributarioTipo: Otro
Decreto No. 242-2009 | 21 de abril de 2010 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 32,192
Establecimiento de requerimientos de inversiones obligatorias a las instituciones del sistema financiero
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Esta ley obliga a los bancos y otras instituciones financieras a invertir el 12% del dinero que reciben del público en valores del Gobierno, permitiendo que hasta el 8% sean en bonos y letras. El Banco Central de Honduras controla estas inversiones obligatorias y establece que rindan el 50% de la tasa de política monetaria, buscando fortalecer las finanzas del Estado durante la crisis económica de 2009.
Considerandos
- 1.Que de acuerdo con la Constitución de la República le corresponde al Banco Central de Honduras la facultad de definir y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
- 2.Que la Ley del Banco Central de Honduras faculta a éste para decidir que las instituciones del sistema financiero mantengan inversiones obligatorias, a efecto de asegurar el cumplimiento de los objetivos que asigna la ley.
- 3.Que conforme con el marco legal vigente, las instituciones del sistema financiero mantendrán inversiones obligatorias sobre los recursos obtenidos del público, en forma directa o indirecta, independientemente de su documentación y registro contable, correspondiéndole al Banco Central de Honduras determinar los valores mediante los que se cumplirá con tal requerimiento.
- 4.Que la crisis financiera y la recesión económica internacional profundizada en el año 2009 repercutieron en la desaceleración de la economía hondureña, incidiendo negativamente en las recaudaciones tributarias del período, las que disminuyeron en 7.6%, y que mientras las condiciones de la economía internacional continúen siendo desfavorables se prevé una lenta recuperación de los ingresos tributarios.
- 5.Que ante el débil entorno económico prevaleciente y frente a las expectativas de una lenta recuperación de la economía mundial para el 2010 y con el propósito de mejorar la posición financiera del Gobierno, así como su consecuente impacto sobre la actividad económica del país, mediante el Decreto No.242-2009, emitido por el Congreso Nacional el 16 de diciembre de 2009, se autorizó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas el refinanciamiento total o parcial de los montos de sus emisiones de Letras del Gobierno Central emitidas durante 2009 y Bonos Gobierno de Honduras 2007 y 2008, cuyo vencimiento se produczca en el 2010.
- 6.Que mediante la Resolución No.439-10/2009 el Directorio del Banco Central de Honduras acordó que los requerimientos de inversiones obligatorias para las instituciones del sistema financiero nacional pueden ser computadas hasta en ocho puntos porcentuales (8pp) con Bonos del Gobierno emitidos por la Secretaría de Finanzas durante los años 2008 y 2009.
- 7.Que las disponibilidades de Bonos del Gobierno emitidos en 2008 y 2009 se han agotado en el mercado primario, situación que se combina con los márgenes reflejados por las instituciones del sistema financiero nacional en el cumplimiento de los requerimientos de inversiones obligatorias utilizando Bonos del Gobierno.
Leyes relacionadas
Acuerdo No. CSJ-01-2021 — Establecimiento de la Jurisdicción Especial de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE)
Esta resolución crea tribunales especiales dentro del Poder Judicial para resolver conflictos legales en las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE). Estos tribunales tendrán competencia exclusiva en asuntos penales, de menores, contratos y patrimoniales dentro de esas zonas, garantizando seguridad jurídica para negocios e inversiones.
Decreto CSJ-01-2021 | 2021
Resolución No. 214-5/2015 — Establecimiento de capitales mínimos para instituciones de seguros y reaseguros
Esta resolución actualiza los capitales mínimos que deben tener las compañías de seguros y reaseguros en Honduras. Las empresas nuevas deben cumplir inmediatamente con estos montos (70, 140 o 195 millones de lempiras según su tipo), mientras que las existentes tienen 12 meses para ajustarse. El objetivo es fortalecer la solvencia del sistema asegurador.
Decreto 214-5/2015 | 2015
Ley para el establecimiento de una visión de país y la adopción de una Plan de Nación para Honduras
Esta ley aprueba la Visión de País 2038 y el Plan de Nación 2022 para guiar el desarrollo económico, social y político de Honduras. Crea consejos y secretarías que coordinarán la ejecución de estos planes a nivel nacional y regional, con participación obligatoria de instituciones públicas y privadas.
Decreto | 2010
Resolución GRD No.025/06-01-2023 mediante la cual se reforma el Reglamento de Requisitos Mínimos para el Establecimiento de Instituciones Supervisadas
Esta resolución actualiza las reglas para crear instituciones financieras supervisadas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (bancos, seguros, fondos de pensión, casas de cambio, entre otras). Establece los requisitos mínimos, documentos necesarios y procedimientos que deben cumplir personas o empresas que quieran constituir estas instituciones, incluyendo evaluación de los socios, capital inicial, publicación de avisos y verificación de idoneidad financiera y moral.
Decreto | 2023
Acuerdo Ministerial No. 001-15 — Establecimiento de periodos de veda y regulaciones para la pesca de langosta, camarón, concha reina, pepino de mar, tiburones y mero
Esta ley establece periodos de veda (prohibición temporal de pesca) para langosta, camarón, concha reina, pepino de mar, tiburones y mero en Honduras. Protege estas especies vulnerables permitiendo que se reproduzcan naturalmente, y fija reglas específicas como tamaños mínimos de captura, prohibición de nasas metálicas y uso obligatorio de dispositivos para proteger tortugas marinas. Afecta a pescadores industriales y artesanales que deben cumplir estas regulaciones o enfrentar sanciones.
Decreto 001-15 | 2015