Acuerdo Ministerial No. 215 — Autorización a la Comisión Liquidadora para destinar presupuesto y delegar facultades al Coordinador
Resumen
Este acuerdo autoriza a la Comisión Liquidadora a usar 3.5 millones de lempiras de su presupuesto para contratar peritos y técnicos que evalúen bienes del Estado, y delega al Coordinador la facultad de firmar convenios y contratos necesarios para vender o alquilar esos bienes. Beneficia la administración estatal al agilizar la venta y gestión de bienes nacionales.
Considerandos
- 1.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 2.Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pu- diendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribucio- nes específicas.
- 3.Que corresponde a los Secre- tarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. SUMARIO Sección A Acuerdos SECRE Acuerdo número: 197-A y 215 SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Acuerdo 54-2017 Sección B A visos Legales A. 4
- 4.Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la administración Públi- ca.
- 5.Que mediante memorando nú- mero DGCFA-0202-2017 de fecha 17 de abril de 2017, se solicitó a esta Secretaría General Acuerdo de Delegación a favor del Licenciado Carlos Humberto Ramos Flores, durante los días 19 y 20 de abril de 2017, en vista que la titular de dicha Dirección atenderá reuniones relacionadas a la revisión del Tributo denominado ACPV.
- 6.Que el Artículo 36, numeral 8 de la Ley General de la Administración Pública, establece que son Atribuciones de las Secretarías de Estado Emitir los Acuerdos, Resoluciones, en asuntos de su competencia, aquellos que le delegue el Presidente de la República, y cuidar de su ejecución.
- 7.Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la Republica en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
- 8.Que el Decreto Legislativo 274- 201 O mediante el cual se creó la Dirección General de Bienes Nacionales, en sus artículos 14 y 15, dispuso el traspaso como abono a los fondos aportados por el Estado de todos los valores en efectivo y bienes muebles e inmuebles de la liquidación forzosa de los bancos que se generó en el año referido, así como se facultó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para dar en venta dichos La qaceta LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 11 DE MAYO DEL 2017 No. 5 bienes mediante el procedimiento de subastas públicas, arrendamiento con opción a compra y/o aportaciones a alianzas público privadas por medio de la Dirección General de Bienes Nacionale s.
- 9.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 047-2015, el Consejo de Secretarios de Estado modifi- có a la Dirección General de Bienes Nacionales en Dirección Nacional de Bienes del Estado, como un ente desconcentra- do de la administración pública dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con autoridad a nivel nacional.
- 10.Que en atención a lo dispuesto por el Presidente de la Republica en Consejo de Secretario de Estado para la supresión y liquidación del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia IHNFA, la Dirección Ejecutiva de Ingresos DEI y la Dirección General de Transporte, mediante los Decretos Ejecutivos número PCM 026-2014, PCM 083-2015 y PCM 056-2016, respectivamente, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas dispuso la creación de la Comisión Liquidadora que como unidad ejecutora de la Secretaría de Finanzas efectuará las labores necesarias a dichas supresiones y liquidaciones, Comisión que ha continuado en su función habiéndosele dotado para el presente ejercicio fiscal con un presupuesto de diez millones quinientos cincuenta mil ciento treinta y tres lempiras (L.10,550, 133.00).
- 11.Que mediante los Acuerdos Ejecutivos Nos. 025-2016 y 046-2016, y disposición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la Coordinación de la Unidad Ejecutora encargada de las Comisiones Liquidadoras ha recaído en el Abogado Felipe Arturo Morales Cárcamo.
- 12.Que mediante Acuerdo de la Secretaría de Finanzas No. 019 del25 de enero de 2017, se nombró al mismo ciudadano Felipe Arturo Morales Cárcamo, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Bienes del Estado.
- 13.Que es de urgente necesidad proceder al cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Legislativo 274-2010 y siendo que la Dirección Nacional de Bienes del Estado necesita del apoyo logístico, profesional y presupuestario de la Comisión Liquidadora para cumplimentar la atribución referida,
Articulos
Articulo 1
DELEGAR en el Licenciado CARLOS HUMBERTO RAMOS FLORES, Subdirector de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado, la titularidad de la referida Dirección General durante los días 19 y 20 de abril de 2017.
Articulo 2
El delegado es responsable de las fun- ciones encomendadas.
Articulo 3
Hacer las Transcripciones de Ley.
Articulo 4
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL 11 DE MAYO DEL 2017 No. 5 La Gaceta Secretaría de Finanzas C~________A_C_U_E_R_D_O__ N_Ú_M_E_R_0_2_1_5_________) Tegucigalpa, M.D.C., 02 de mayo de 2017 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que el Artículo 36, numeral 8 de la Ley General de la Administración Pública, establece que son Atribuciones de las Secretarías de Estado Emitir los Acuerdos, Resoluciones, en asuntos de su competencia, aquellos que le delegue el Presidente de la República, y cuidar de su ejecución. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la Republica en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo 274- 201 O mediante el cual se creó la Dirección General de Bienes Nacionales, en sus artículos 14 y 15, dispuso el traspaso como abono a los fondos aportados por el Estado de todos los valores en efectivo y bienes muebles e inmuebles de la liquidación forzosa de los bancos que se generó en el año referido, así como se facultó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para dar en venta dichos La qaceta LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP 11 DE MAYO DEL 2017 No. 5 bienes mediante el procedimiento de subastas públicas, arrendamiento con opción a compra y/o aportaciones a alianzas público privadas por medio de la Dirección General de Bienes Nacionale s. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 047-2015, el Consejo de Secretarios de Estado modifi- có a la Dirección General de Bienes Nacionales en Dirección Nacional de Bienes del Estado, como un ente desconcentra- do de la administración pública dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con autoridad a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que en atención a lo dispuesto por el Presidente de la Republica en Consejo de Secretario de Estado para la supresión y liquidación del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia IHNFA, la Dirección Ejecutiva de Ingresos DEI y la Dirección General de Transporte, mediante los Decretos Ejecutivos número PCM 026-2014, PCM 083-2015 y PCM 056-2016, respectivamente, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas dispuso la creación de la Comisión Liquidadora que como unidad ejecutora de la Secretaría de Finanzas efectuará las labores necesarias a dichas supresiones y liquidaciones, Comisión que ha continuado en su función habiéndosele dotado para el presente ejercicio fiscal con un presupuesto de diez millones quinientos cincuenta mil ciento treinta y tres lempiras (L.10,550, 133.00). CONSIDERANDO: Que mediante los Acuerdos Ejecutivos Nos. 025-2016 y 046-2016, y disposición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la Coordinación de la Unidad Ejecutora encargada de las Comisiones Liquidadoras ha recaído en el Abogado Felipe Arturo Morales Cárcamo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo de la Secretaría de Finanzas No. 019 del25 de enero de 2017, se nombró al mismo ciudadano Felipe Arturo Morales Cárcamo, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. CONSIDERANDO: Que es de urgente necesidad proceder al cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Legislativo 274-2010 y siendo que la Dirección Nacional de Bienes del Estado necesita del apoyo logístico, profesional y presupuestario de la Comisión Liquidadora para cumplimentar la atribución referida, POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 36 numerales 1, 6, 8, 1O, 11 , 18 , 19 , de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Decretos Ejecutivos PCM 026-2014, PCM 047-2015 , PCM-083-2015, PCM 025-2016, PCM-046-2016 y PCM-056-2016. ACUERDA: