VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 105-2024 | 14 de agosto de 2024 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,626

Acuerdo Ministerial No. 105-2024 — Aperturar un contingente arancelario de desabasto de arroz granza por un volumen de Diez mil Quinientos Cuatro Punto Cincuenta y Cuatro Toneladas Métricas

Considerandos

  1. 1.Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con el comercio nacional e internacional de bienes y servicios, la integración económica entre otras, en coordinación con las instituciones pertinentes según sea el caso.
  2. 2.Que el Decreto Ejecutivo PCM-007- 2012, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 17 de abril de 2012, contempla el procedimiento para la apertura de los contingentes de Desabasto de Arroz Granza (SAC. 1006.10.90.00) para cada año calendario.
  3. 3.Que los contingentes por Desabasto de Arroz Granza, autorizados en el marco del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012, han contribuido a mantener el adecuado Abastecimiento de Arroz Granza en el mercado interno, tomando en consideración la protección a la producción nacional y la estabilidad en las variaciones de los precios al productor nacional y al consumidor final del arroz, promoviendo la armonía, balance y equidad en la cadena de comercialización.
  4. 4.Que en fecha 13 de junio de 2024, la Asociación Nacional de Molineros de Arroz de Honduras (ANAMH), solicitó ante la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), la apertura de contingente de desabasto por la cantidad de 60,000 toneladas métricas de Arroz Granza clasificado en el inciso arancelario SAC 1006.10.90.00.
  5. 5.Que la Comisión Técnica conformada por la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y la EDIS ANTONIO MONCADA SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), procedió a realizar el análisis técnico que incluye las condiciones de oferta y la demanda nacional de Arroz Granza para el año 2024, de conformidad a la solicitud presentada por la ANAMH.
  6. 6.Que en fecha 28 de agosto de 2024 la Comisión de Seguimiento de Desabasto de Arroz Granza establecida en el Artículo 2, del Decreto Ejecutivo PCM-007- 2012, se reunió para conocer el informe sobre el análisis de la oferta y demanda de Arroz Granza en el mercado nacional; informe que se incluye en el Acta No. 001-2024 de la reunión.
  7. 7.Que en base a las conclusiones del análisis de la oferta y demanda de Arroz Granza en el mercado nacional 2024, las autoridades de la SAG y SDE, aprobaron la apertura de un contingente por desabasto de Diez mil Quinientos Cuatro punto Cincuenta y Cuatro Toneladas Métricas (10,504.54 TM) de Arroz Granza para el año 2024, a fin de mantener el adecuado abastecimiento en el país y evitar el alza en los precios del arroz al consumidor final.
  8. 8.Que en fecha 30 de agosto de 2024, la Secretaría de Desarrollo Económico recibió el Acuerdo No. SAG-162-2024 de fecha 28 de agosto de 2024, emitido por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, mediante el cual solicita a la Secretaría de Desarrollo Económico establecer y aperturar el contingente de desabasto por Diez mil Quinientos Cuatro punto Cincuenta y Cuatro Toneladas Métricas (10,504.54 TM) de Arroz Granza, clasificado en el inciso arancelario 1006.10.90.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario a la Importación (DAI) del cero por ciento (0%), con una vigencia comprendida del 28 de agosto al 31 de diciembre de 2024, tomando en consideración para la distribución del mismo los porcentajes de compra nacional de la cosecha nacional 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012.
  9. 9.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, administra los contingentes de tal manera que se permita la utilización total de los contingentes de importación para asegurar el abastecimiento adecuado de bienes de primera necesidad.

Articulos

Articulo 1

Aperturar un contingente arancelario de desabasto de arroz granza por un volumen de diez mil quinientos cuatro punto cincuenta y cuatro toneladas métricas (10,504.54 TM), clasificado en el inciso arancelario SAC. 1006.10.90.00 del Arancel Centroamericano de Importación (ACI), con un Derecho Arancelario a la Importación (DAI) del cero ciento (0%), en aplicación del Acuerdo No. SAG-162-2024 de fecha 28 de agosto de 2024 y del Artículo 4 del Decreto Ejecutivo PCM-007-2012 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 17 de abril de 2012.

Articulo 2

Establecer como periodo de vigencia del contingente de desabasto de arroz granza indicado en el Ordinal Primero del presente Acuerdo del 30 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Articulo 3

Asignar el contingente de desabasto de arroz granza indicado en el Ordinal Primero de conformidad el Ordinal Segundo del Acuerdo No. SAG-162-2024 de fecha 28 de agosto de 2024: No. RTN IMPORTADOR Volumen TM Volumen KG 1 05019020234799 GRANEROS SAN MIGUEL, S.A. 125.19 125,190 2 18041966029075 FRIDA EMILIA HANDAL BENDECK / BENEFICIO SAN JORGE 79.08 79,080 3 04011956001559 ALEXIS TABORA TABORA / BIPROCE 46.73 46,730 4 08901979026740 MIGUEL ABRAHAM HILSACA / BENEFICIO DE ARROZ LA UNION 467.89 467,890 5 01019998018880 GRANOR, S. DE R.L. DE C.V. 512.92 512,920 6 04019995444017 BENEFICIO MAYA, S.A. DE C.V. 43.10 43,100 7 05119995190534 EMPRESA DIECK Y DIECK, S. DE R.L. DE C.V. 2,531.58 2,531,580 8 18049995003408 BENEFICIO DE ARROZ PROGRESO, S.A. (BAPROSA). 3,502.24 3,502,240 9 05019995187568 BENEFICIO DE ARROZ BLANCA NIEVES. 115.62 115,620 10 08019007068267 BENEFICIO DE ARROZ MATURAVE, S.A. 114.10 114,100 11 15019011434790 GRANEROS CALANTERIQUE / JOSE DAVID SIERRA 119.08 119,080 12 05019995107041 INDUSTRIAS MOLINERAS, S.A. DE C.V. 1,480.07 1,480,070 13 08019004474180 AGROINDUSTRIAL ELIM, S. DE R.L. 159.00 159,000 14 05019016884386 ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. (ALBECASA) 879.22 879,220 15 05019020197220 AGRO ALIMENTOS VICTORIA, S.A DE C.V. (AGRAVIC, S.A. DE C.V.) 190.42 190,420 16 03189011402070 DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS BASICOS S.DE R.L. 138.30 138,300 TOTAL 10,504.54 10,504,540

Articulo 4

Para la emisión de los certificados del contingente arancelario de desabasto, los beneficiarios indicados en el Ordinal Tercero del presente Acuerdo deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico, de conformidad a los siguientes requisitos y procedimientos de Ley:

  • a)

    Copia de la constancia del Registro de Importador de Arroz (NRIA) vigente, emitida por la Secretaría de Desarrollo Económico;

  • b)

    Carta de poder debidamente autenticada; PCM-007-2012, contentivo del Procedimiento Interno para la Determinación y Establecimiento Anual de los Desabastos de Arroz Granza y el Acuerdo No. SAG-162-2024 de fecha 28 de agosto de 2024. ACUERDA:

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