VigenteCategoria: Penal
15 de abril de 2024

Acuerdo — Auto de Instrucción de Investigación - Exhibicionismo

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Resumen

Este documento ordena al investigador (policía o fiscal) que investigue denuncias de exhibicionismo sexual ante menores o personas con discapacidad. Establece qué diligencias realizar: entrevistar a la víctima, testigos, realizar evaluaciones médicas y psicológicas, inspeccionar el lugar, e identificar al acusado. El delito castiga con 1-3 años de prisión según la edad de la víctima.

Texto completo

Auto de Instrucción de Investigación Exhibicionismo F.A.I.I.20 MINISTERIO PÚBLICO. Despacho Fiscal: ________________________________, En la Ciudad de ____________________________ a los ____ días del mes de _______________ del año ______. VISTA LA DENUNCIA N°__________________________________; interpuesta por:_________________________, contra: ______________________________________ por suponerlo responsable del delito de: EXHIBICIONISMO en perjuicio de: _________________________________________, en virtud de las facultades establecidas en los a rtículo s: 93, 270, 272, 279 y 283 del Código Procesal Penal; se instruye a: ____________________________________________ la práctica de todas las diligencias investigativas pertinentes, útiles, proporcionales, para determinar la existencia del delito, la participación del denunciado y todas aquellas circunstancias que sean causas de exención ó de atenuación de responsabilidad del mismo en los hechos denunciados, así como, los mecanismos de protección, a favor de la víctima que considera el proceso penal:

  • 1)

    Identificación Plena de la Víctima.

  • 2)

    Certificación en calidad de Víctima cuando esté relacionado a un delito de Trata de Personas (ERI/CICESCT/Ley Contra La Trata de Personas.)

  • 3)

    Declaración de la víctima (preferiblemente tomada por un Fiscal, valorar uso de muñecos anatómicos cuando la víctima sea niña, niño o víctima que adolezca de discapacidad física o mental, obtener padrón fotográfico de la víctima.)

  • 4)

    Toma de Declaración de testigo(s).

  • 5)

    Solicitud de evaluación física a Medicina Forense. (En caso de ser necesario)

  • 6)

    Solicitar evaluación mental de la víctima (Evaluación Psicológica y Psiquiátrica si lo amerita ante Medicina Forense)

  • 7)

    Inspección al lugar de los hechos.

  • 8)

    Individualización del denunciado mediante padrones fotográficos, reconocimiento en rueda u otro

  • 9)

    Otras diligencias investigativas que el caso amerite. El resultado de las investigaciones deberá remitirse a la Fiscalía ______________________, en un plazo de _______ días, sin perjuicio de informar de los avances sustantivos que se vayan produciendo. Para los efectos pertinentes se adjunta al presente auto EXPEDIENTE de la denuncia referida. - ___________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL FISCAL Código Penal Artículo 264.- Exhibicionismo. Quien ejecuta o hace ejecutar a otras personas actos de exhibicionismo de carácter sexual ante menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que pueden afectar gravemente al normal desarrollo de su sexualidad, debe ser castigado con la pena de prisión de uno (

    • 1)

      a dos (

    • 2)

      años; si se tratare de menores de catorce (14) años, la pena de prisión debe ser de dos (2) a tres (

    • 3)

      años. Las mismas penas deben imponerse, en los respectivos supuestos, a quien pudiendo y debiendo evitarlo no impide la entrada o permanencia de menores de dieciocho (18) años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, a lugares o establecimientos donde se practiquen actos de exhibicionismo de carácter sexual.

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