Acuerdo Ministerial No. 0298-SE-2023 — Aprobación del Plan de Estudios y Programa Curricular de Magisterio en Educación Básica Bilingüe I y II Ciclo
Considerandos
- 1.Que en el artículo 157 de la Constitución de la República de Honduras, se establece que la educación en todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Educación, la cual administra los centros de dicho sistema que sean totalmente financiados con fondos públicos.
- 2.Que la Constitución de la República en su artículo 163 preceptúa que la formación de docentes es función y responsabilidad exclusiva del Estado; se entenderá como docente a quien administra, organiza, dirige, imparte o supervisa la labor educativa y que sustenta como profesión el magisterio.
- 3.Que según Artículo 23 de la Ley Fundamental de Educación, la Educación Media, tiene como propósito ofrecer la experiencia formativa para incorporarse al mundo del trabajo y/o proseguir estudios en el nivel superior, mediante la adquisición y construcción de conocimientos, habilidades y actitudes relevantes para su vida personal y social: así como para el desarrollo económico, sociocultural, científico y tecnológico del país.
- 4.Que mediante Acuerdo N°. 0319-SE-08, de fecha 01 de marzo de 2008 se aprobó el funcionamiento del Plan de Estudios de la Carrera de Educación Magisterial, con una duración de tres años.
- 5.Que a partir del año 2015, mediante ACUERDO EJECUTIVO 013-2015, se establece a las quince Escuelas Normales del país, un período de transición que se extendió desde la fecha de aprobación del presente acuerdo hasta el 31 de diciembre del año 2017, entre ellas Escuela Nacional de Música de Tegucigalpa, Francisco Morazán; Escuela Nacional de Bellas Artes de Tegucigalpa, Francisco Morazán; Escuela Normal Mixta Pedro Nufio de Tegucigalpa, EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Francisco Morazán; Escuela Normal España de Villa Ahumada Danlí, El Paraíso; Escuela Normal Mixta del Sur de Choluteca, Choluteca; Escuela Normal Miguel Ángel Chinchilla de Nueva Ocotepeque, Ocotepeque; Escuela Normal Justicia y Libertad de Gracias, Lempira; Escuela Normal Mixta de Occidente de La Esperanza, Intibucá; Escuela Normal del Litoral Atlántico, de Tela, Atlántida; Escuela Normal de Santa Bárbara, Santa Bárbara; Escuela Normal Centro América de Comayagua, Comayagua; Escuela Normal del Valle de Sula de San Pedro Sula, Cortés; Escuela Normal Mixta de Olancho, Juticalpa; Escuela Normal Guillermo Suazo Córdova de La Paz, La Paz y Escuela Normal Matilde Córdova de Suazo de Trujillo, Colón.
- 6.Que la última promoción del plan de estudios de Educación Magisterial, se realiza durante el año dos mil dieciséis (2016), egresando 1936 educandos con el título de Maestro de Educación Primaria.
- 7.Que dentro del marco doctrinario de la Escuela Morazánica, el plan de gobierno Bicentenario para Refundar Honduras con la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento y el Secretario de Estado en el Despacho de Educación Profesor Daniel Enrique Esponda Velásquez, contempla la transformación curricular del Sistema Educativo a fin de garantizar aprendizajes significativos, socialmente relevantes y culturalmente pertinentes para una vida productiva en general.
- 8.Que es prioritario diseñar un nuevo plan de estudios de Educación Magisterial, específicamente el plan de formación de Maestros de Educación Básica Bilingüe I y II Ciclo, que responda a las necesidades , intereses y expectativas que conlleva el proceso de transformación educativa.
- 9.Que a partir del año 2023 funcionará el Plan de Estudios de MAGISTERIO EN EDUCACION BÁSICA BILINGÜE I Y II CICLO, en los espacios físicos donde funcionaron por décadas las Escuelas Normales.
Articulos
Articulo 1
Aprobar a partir del 01 de marzo del año 2023, el Plan de Estudios y Programa Curricular de MAGISTERIO EN EDUCACIÓN BÁSICA BILINGÜE I Y II CICLO, con un sistema de evaluación anual a través de cuatro parciales, de la siguiente manera: ACUERDO No. -------SE-2023 PLAN DE ESTUDIO DE MAGISTERIO EN EDUCACIÓN BÁSICA BILINGÜE I Y II CICLO DÉCIMO Espacios Curriculares Horas semanales (50 min./hora clase) Horas anuales 40 semanas Matemática 4 160 Español 3 120 English 15 600 Química 2 80 Biología 2 80 Sociología 2 80 Historia de Honduras 2 80 Psicología 1 40 Tecnología de la Información 2 80 Emprendimiento/Agricultura para el Desarrollo Sostenible 1 40 Educación Artística /Proyecto STEAM 2 80 Educación Física 2 80 Pedagogía 2 80 Total de horas 40 1600 UNDÉCIMO Espacios Curriculares Horas semanales (50 min./hora clase) Horas anuales 40 semanas Matemática 5 200 Español 3 120 Física 2 80 Metodologías modernas del proceso Aprendizaje-Enseñanza 2 80 English 15 600 Historia Mundial 1 40 Tecnología de la Información 2 80 Emprendimiento/Agricultura para el Desarrollo Sostenible 4 160 Educación Artística /Proyecto STEAM 2 80 Educación Física 2 80 Didáctica 2 80 Total de horas 40 1600 ACUERDO No. -------SE-2023 DUODÉCIMO Espacios Curriculares Horas semanales (50 min./hora clase) Horas anuales 40 semanas Didáctica de la Enseñanza de la Matemática 4 160 Didáctica de la Enseñanza de Español 4 160 Didáctica de la Enseñanza de las Ciencias Sociales 3 120 Didáctica de la Enseñanza de las Ciencias Naturales 3 120 Didáctica de la Enseñanza de Inglés spelling, grammar, writing 3 120 Didáctica de la Enseñanza de Inglés reading, phonics 3 120 Didáctica de la Enseñanza de Educación Física 2 80 Didáctica de la Enseñanza de Educación Artística 2 80 Gestión Educativa 2 80 Legislación Educativo 2 80 Certificación TESL 5 200 Práctica Profesional Supervisada 7 280 Trabajo Educativo Social (TES) 0 Requisito para graduación Total de horas 40 1600 Nota: La evaluación de los espacios curriculares descritos se aplicarán de febrero a junio (20 semanas) y de julio a noviembre (20 semanas), los educandos harán su Práctica Profesional Supervisada en los Centros de Educación Básica I y II Ciclo seleccionados.
Articulo 2
La administración del currículo y la actividad docente en las Escuelas Normales, estarán reguladas por normas y procedimientos establecidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
Articulo 3
La equivalencia de estudios del plan de Educación Normal con los diferentes planes de estudio del nivel de educación media, se dictaminarán previo análisis comparativo del programa de