Acuerdo Ministerial No. 001-SEN-2022 — Delegar al ciudadano Edberg Alessandro Vilorio Díaz las funciones de la Subgerencia de Recursos Humanos
Considerandos
- 1.Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017 se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional, y de proponer las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético.
- 2.Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.
- 3.Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación, indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación.
- 4.Que el ciudadano EDBERG ALESSANDRO VILORIO DÍAZ, cuenta con acuerdo permanente de Asistente de Personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía.
Articulos
Articulo 1
Delegar al ciudadano EDBERG ALESSANDRO VILORIO DÍAZ Asistente de Personal las funciones correspondientes a la Subgerencia de Recursos Humanos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, con todas las atribuciones y responsabilidades inherentes a dicho cargo durante el período comprendido del tres (03) al veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022).
Articulo 2
El delegado es responsable de la función delegada y presentará al finalizar el periodo de delegación un informe detallado de los actos ejecutados.
Articulo 3
El delegado es responsable de la función delegada y presentará al finalizar el periodo de la delegación para archivo de Secretaría General y del Despacho Ministerial un informe detallado de los actos ejecutados.
Articulo 4
El presente Acuerdo es efectivo a partir del tres (03) al veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022) y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres días del mes de enero del año dos mil veintidós ROBERTO A. ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA ERICKA LORENA MOLINA A. SECRETARIA GENERAL La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 Sección “B” AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.69/2021 EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.69/2021, para la contratación del suministro, instalación, configuración, comisionamiento y puesta en funcionamiento de un (1) Sistema de Antenas Distribuidas (DAS) active tipo indoor, incluyendo soporte y actualización de los productos de licenciamiento, para la mejora de las señales de telefonía y datos móviles para el edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) nivel del edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler) nivel del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-del-bch/adquisiciones-y-contrataciones/ adquisiciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia, pudiendo utilizar los servicios de mensajería certificados; asimismo, deberán entregar en el BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República, hasta el 16 de febrero de 2022 a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por SINAGER, debiendo presentar el carné que lo acredite que ha completado el esquema de vacunación contra el Covid-19. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC, 6 de enero de 2022 JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 14 E. 2022 La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.70/2021 El BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.70/2021, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para ocho (8) generadores de energía eléctrica, instalados en los edificios del Banco Central de Honduras (BCH), ubicados en las ciudades de Tegucigalpa, Comayagüela y San Pedro Sula, por el período comprendido del 27 de abril de 2022 al 26 de enero de 2024. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-del-bch/adquisiciones-y-contrataciones/ adquisiciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para éstos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el 15 de febrero de 2022, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por el SINAGER, debiendo presentar el carné que acredite que ha completado el esquema de vacunación contra el Covid-19. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC, 7 de enero de 2022. JORGE OVIEDO IMBODEN GERENCIA 14 E. 2022 La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once de enero del dos mil veintiuno, compareció a este juzgado la Abogada ESTEFANIA ZAMORA SAUCEDA, en su condición de Representante Procesal de los señores: MARIA ALEJANDRA RAMOS GUIFARRO, PEDRO ALEJANDRO MARTINEZ FAJARDO, GERARDO ENRIQUE PAZ PAREDES, MARIA AUXILIADORA RAMOS YNESTROZA, DIANA CAROLINA HASBUN MARTIN, MIGUEL ANGEL CARDOZA VILLAFRANCA, NELLY JANETH SANDOVAL AGUILAR, MAZLOVA LUXELY IXMUCANE TOLEDO GONZÁLEZ, CARLOS ENRIQUE RIVERA ARGEÑAL, FLOR DE AZALEA GIRON MORAZAN, ELMER ALFREDO LOPEZ LUTZ, GUILLERMO ARTURO RAMOS YNESTROZA, ALMA IRIS CASTILLO RIVERA, KAREN PATRICIA PINEDA ARAYA, MERLY SULEMA HERNÁNDEZ BANEGAS Y ORFA CESIA REYES OCHOA, incoando demanda ordinaria contra el ESTADO DE HONDURAS A TRAVÉS DE LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, con orden de ingreso No.0801-2021-00031, solicitando que se declare ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme lo estable la Ley del Estatuto del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas; en relación con la Ley de Reordenamiento del sistema retributivo del Gobierno Central Decreto No. 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5% reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder. En relación al acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL). RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 14 E. 2022. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, actuando en su condición de Apoderada Legal de la señora JESSICA SUYAPA ABUD CASTRO, ANA CAROLINA ARAQUE ZERON, ANA LILIAN OSORIO CALDERON, MARCO VINICIO DE LEON RIVERA, GLORIA ZULEMA FIGUEROA OSORIO Y LORENA LOURDES GARZANOS, incoando demanda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2021-00027, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, para que se declare ilegalidad y nulidad de un acto La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o Número de Solicitud: 2020-22611 Fecha de presentación: 2020-08-18 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MANUEL GIRALDO MENDEZ ABDALA Domicilio: KM 1 CARRETERA A VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KLEIN ULTRA SOFT G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites de limpieza, productos de limpieza, preparaciones químicas de limpieza para uso doméstico, quitamanchas, productos para dar brillo, productos desengrasantes que no son para proceso de fabricación, preparaciones para el baño de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 14, 31 E. y 15 F. 2022. _____ Número de Solicitud: 2021-32 Fecha de presentación: 2021-01-05 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPERTIENDAS DETODO, S.A. DE C.V. Domicilio: KM 1 CARRETERA A VALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EVERYDAY VALUE G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos blanqueadores y para dar brillo, champús, productos cosméticos para el cuidado de la piel, cremas cosméticas, productos desengrasantes, detergentes, productos de glaseado para lavar la ropa, jabones antitranspirantes, jabones para avivar los colores de materia textil, productos de limpieza, líquidos antideslizantes, líquidos limpiaparabrisas, paños de limpieza impregnados con detergente, productos para perfumar el ambiente y la ropa, preparaciones blanqueadoras y cosméticas, preparaciones para pulir, preparaciones químicas de limpieza para uso doméstico, quitamanchas, suavizantes para ropa, toallitas para secadoras de ropa y de preparaciones de limpieza de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 14, 31 E. y 15 F. 2022. administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme lo establece la Ley del Estatuto del médico empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas; en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central Decreto No. 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5% reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder. ABG. GERARDO CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 14 E. 2022. _____ La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIADE DISTRIBUIDOR, otorgada en la Resolución Número 003-2022 de fecha 06 de enero del año 2022, en relación a la Carta otorgado por la empresa Concedente en fecha 30 de julio del año 2021, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA)., como Concesionaria de la empresa Concedente SINNOR INSTRUMENTS, INC., de nacionalidad china, de forma NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 30 de julio del 2026, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE HONDURAS; F. y S. KAL TON HAROLD BRUHL JIMENEZ, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No. 165-2021. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO. Secretaria General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, seis de enero del año dos mil veintidós. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 14 E. 2022 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de enero del 2021, compareció ante este Juzgado la abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, en su condición de representante legal de los señores:
- 1)
José de Jesús Martínez Benítez,
- 2)
Rita María Oviedo Sauceda,
- 3)
Manuel Hernando Reyes Pineda,
- 4)
Abigail Sorto Meza,
- 5)
Cristian Alan Kafie Larach,
- 6)
Eduardo Hasbun Bahaia,
- 7)
Ronmel Napoleón Carrasco Perez; y,
- 8)
Osear Ornar Reyes García, incoando demanda, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de nulidad e ilegalidad del acto administrativo presunto por silencio negativo constituido por no haber resuelto dentro de los plazos legales el reclamo administrativo con orden de ingreso 112-19 presentado en fecha seis de febrero del 2019, ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, reconocimiento de la situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento, se reconozca el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas, en relación con la Ley del Estatuto del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-58 y sus reformas; En relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central Decreto No. 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5%, según el Decreto No. 76-2008, reajuste y pago de salarios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del uno de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia; Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021¬00015.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abog. KENIA MARITZA CASTRO MATINEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 E. 2022 La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado la Abogada DIANA MELISSA PINEDA SALGADO, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores MARIA ISABEL DEGRANDEZ PERDOMO, IVON PATRICIA MUÑOZ URBIZO, MARCO ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, OMAR EMILIO VELASQUEZ PORTILLO, RENE FRANCISCO VALLADARES GUTIERREZ Y LIANA XIOMARA PARRALES CERRATO, incoando demanda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento Ordinaria, con orden de ingreso número 0801-2021-00020, en contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme lo establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas; en relación con la Ley de reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central Decreto N°. 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, décimotercer mes, décimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder. ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 14 E. 2022. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este juzgado la Abogada DIANA MELISSA PINEDA SALGADO, en su condición de Representante Procesal del señor FIDEL BARAHONA LÓPEZ, incoando demanda Contenciosa Administrativa en Materia Ordinaria, con orden de ingreso número 0801- 2021-00024, en contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, para que se declare ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme lo establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado, Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas; en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, Decreto No. 220-2003, incremento de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, décimotercer mes, décimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder.- ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA SECRETARIA ADJUNTA 14 E. 2022. La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2021-3170 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- ________ Número de Solicitud: 2020-9158 Fecha de presentación: 2020-02-25 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR Solicitante: PEACOCK TV LLC Domicilio: 1201 North Market Street, Suite 1000 Wilmington, Delaware 19801, Estados Unidos de América
- B)
PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 88616944 de fecha 13/09/2019 de Estados Unidos de América
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
- D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
- E)
CLASE INTERNACIONAL (41)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PEACOCK
- G)
________
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y entretenimiento, principalmente, proporcionar, mostrar y exhibir contenido audiovisual en vivo y pregrabado en los campos de reportajes de eventos actuales, noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; proporcionar un sitio web presentando contenido audiovisual en vivo y pregrabado, específicamente, películas, programación de televisión, vídeos, vídeos musicales y música, y videoclips. clips de audio, clips de música, clips de película y fotografías, en los campos de reportajes de eventos actuales, noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; proporcionar un sitio web presentado juegos interactivos y de vídeo, proporcionar juegos interactivos en línea, proporcionar información en línea vía redes inalámbricas, el internet y redes de computadora globales, regionales y locales, en los temas de películas, programación de televisión, videos, vídeos musicales y música; proporcionando recursos interactivos en línea y guías de programación en los temas de películas, programación de televisión, vídeos, vídeos musicales y música adaptada a las preferencias de la Número de Solicitud: 2020-9159 Fecha de presentación: 2020-02-25 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
- A)
TITULAR Solicitante: PEACOCK TV LLC Domicilio: 1201 North Market Street, Suite 1000 Wilmington, Delaware 19801, Estados Unidos de América
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto
- D)
APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ
- E)
CLASE INTERNACIONAL (9)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PEACOCK
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones de software para dispositivos electrónicos móviles y dispositivos electrónicos portátiles, principalmente, teléfonos móviles, teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, consolas de juego de mano, computadoras tablet, computadoras laptop y computadoras notebook; software de computadora, principalmente, reproductores descargables para contenido media audio visual; software de anotación y búsqueda de vídeo; software de computadora para transmisión de contenido media audio visual a dispositivos electrónicos móviles y computadoras, software de optimizacíón y seguimiento de anuncios; software de vídeojuegos, programas de juegos interactivos; plataforma software para proporcionar interfaces programáticas para terceras partes para accesar a contenido de sitios web y data para desarrollo de web y desarrollo de aplicación de sitios web; juegos interactivos, específicamente, programas de computadora y de vídeo juego ofreciendo contenido de vídeo de películas, programación de televisión o vídeos musicales, media digital, principalmente, contenido media audiovisual descargable en los campos de noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales, media pregrabada. principalmente, memorias semiconductoras y estado sólido, unidades de discos duros y discos, memorias magnéticas, unidades de discos duros y discos, unidades “thumb” o flash, tarjeta de memoria, barras de memoria. DVDs, CDs, discos ópticos, discos interactivos ofreciendo música y vídeos musicales, casetes de audio y vídeo y discos láser, presentando noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 31 E. y 15 F. 2022 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: COLOR VERDE J.- Para Distinguir y Proteger: Administración de negocios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 31 E. y 15 F. 2022 programación del espectador; servicios de publicación electrónica, principalmente, publicación en línea de texto, gráficos, fotografías, imágenes y trabajos audiovisuales de otros para transmisión o descarga, presentando reportajes de eventos actuales, noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; producción y distribución de trabajos audiovisuales, principalmente, películas, programación de televisión, vídeos, vídeos musicales. música y podcasts, para transmitir o descargar en los campos de reportajes de eventos actuales, noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; alquiler de trabajos audiovisuales, principalmente, películas, programación de televisión, vídeos, vídeos musicales, música y podcasts, en los campos de noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; alquiler de vídeo juegos; producción y distribución de software de juegos de computadora y de vídeo; proporcionar blogs en la naturaleza de un diario en línea a través del internet presentando reportaje de eventos actuales, noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 31 E. y 15 F. 2022 La G aceta Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE ENERO DEL 2022 No. 35,822 Número de Solicitud: 2021-4920 Fecha de presentación: 2021-09-21 Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Francisco Antonio Garcia Meza Domicilio: Villamiel Censo, municipio de Gracias, departamento de Lempira, Honduras B.- PRIORIDAD: C.
- A)
- A)