Acuerdo Ejecutivo No. 472-2022 — Delegación de facultades a Suam Celeste López Li
Resumen
Este acuerdo delega poderes a Suam Celeste López Li para actuar como delegada de la Secretaría General en la Dirección de Franquicias Aduaneras. Ella puede firmar documentos administrativos, certificar expedientes y autenticar documentación. Asume total responsabilidad por sus acciones según la ley.
Considerandos
- 1.Que mediante Acuerdo No. 7-2022 fecha 27 de enero del 2022, la señora Presidenta Constitucional de la República nombró a la ciudadana RIXI MONCADA GODOY, en el cargo de Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas.
- 2.Que los Secretarios de Estado son los colaboradores de la Presidenta de la República en el Despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública Centralizada y la coordinación de las entidades y órganos desconcentrados o de las instituciones descentralizadas, en el área de su competencia.
- 3.Que los Secretarios de Estado, para el despacho de los asuntos de su competencia, serán asistidos por uno (1) o más Subsecretarios, el Secretario General y los Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las leyes determinen y tienen la atribución de conocer y resolver los asuntos competentes, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Número PCM-008-97, pudiendo delegar en los funcionarios o titulares el ejercicio de atribuciones específicas.
- 4.Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que les delegue la Presidenta de la República, y cuidar de su ejecución.
- 5.Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera expedita y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la Administración Pública.
- 6.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011, del veintidós (22) de marzo del año dos mil once (2011), se creó la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y registrar los asuntos relacionados con todas las exenciones y exoneraciones fiscales que se deban otorgar conforme a los convenios, tratados internacionales y las leyes vigentes, sin perjuicio de las atribuciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y estará adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto.
- 7.Que la abogada SUAM CELESTE LÓPEZ LI, se desempeña como asesor legal en la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras (DGCFA) de la Secretaría Estado en el Despacho de Finanzas.
Articulos
Articulo 1
DELEGAR en la ciudadana SUAM CELESTE LÓPEZ LI, el cargo de delegada de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras (DGCFA), la facultad de suscribir los actos y documentos siguientes:
- a)
Autos o providencias de mero trámite, de impulso procesal administrativo o de requerimiento y la refrendación de sus notificaciones; cédulas y constancias de notificación por tabla de avisos, dándolas por válidas con su sola firma; informes de cumplimiento de plazos, de procedimientos o de reclamos administrativos que se presentan ante esta Secretaría de Estado, de acuerdo a las atribuciones y funciones relacionadas con lo proveído o resuelto por el titular de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las funciones y atribuciones que correspondan a quien ejerza la titularidad de ese órgano de esta dependencia y de otras funciones delegadas en otros funcionarios de esta Secretaría de Estado.
- b)
Cotejar los documentos originales que acompañan los peticionarios, a fin de dar fe de su autenticidad.
- c)
Autenticar y certificar toda la documentación relacionada con los expedientes y procesos que pertenecen a la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras.
Articulo 2
La delegada es garante del cumplimiento de las funciones y facultades encomendadas conforme a Ley y asume la responsabilidad que resulte de la ejecución de sus actos.
Articulo 3
Hacer las transcripciones de Ley.
Articulo 4
El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. RIXI MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO CLAUDIA REGINA SALOMÓN MÉNDEZ SECRETARIA GENERAL