VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 562-2025 | 30 de enero de 2026 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,374
Acuerdo Ministerial No. 562-2025 — Derogación de acuerdos ministeriales números 667-2023, 668-2023, 587-2024 y 253-2025
Considerandos
- 1.Que la Ley General de la Administración Pública, en su Artículo 36 numeral 8, establece que es atribución de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que les delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución.
- 2.Que, con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
- 3.Que la Ley de Procedimientos Administrativo, establece que el órgano que dictó el acto podrá revocarlo o modificarlo cuando desaparecieren las circunstancias que lo motivaron o sobrevinieren otras que, de haber existido a la razón, el acto no habría sido dictado.
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