VigenteCategoria: Administrativo
30 de junio de 2026 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 37,181

Acuerdo Ministerial — Delegación de facultades en la Gerencia de Talento Humano del Instituto Nacional de Migración

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-031-2014, mediante el cual se crea EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, suprimiéndose la Dirección General de Migración y Extranjería. Y en fecha 27 de septiembre de 2014, mediante Decreto Ejecutivo PCM- 063-2014, se reforman los artículos 1, 4 y 5 del Decreto Ejecutivo PCM-031-2014, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha 29 de septiembre de 2014, como ente desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización con personalidad jurídica propia, independencia administrativa, laboral, funcional financiera.
  2. 2.Que el artículo 3 del Decreto Ejecutivo PCM-031-2014 de fecha 30 de junio de 2014, manda que, el Instituto Nacional de Migración (INM), será dirigido por un Director Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República.
  3. 3.Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.
  4. 4.Que, de conformidad con la Ley General de Administración Pública, los órganos de la Administración Pública pueden delegar el ejercicio de sus competencias en los órganos jerárquicamente inferiores.
  5. 5.Que el artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el acto de delegación además de indicar el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para el órgano delegado en materia procedimental, en los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derive de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado.
  6. 6.Que el artículo 1 de la Ley de Simplificación Administrativa el objeto general de esta Ley es establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativo a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados.
  7. 7.Que para lograr una gestión administrativa eficiente y dinámica, es necesario dotar a la Gerencia de Talento Humano de las facultades necesarias para la toma de decisiones inmediatas en materia de personal.

Articulos

Articulo 1

Delegar en la titular de GERENCIA DE TALENTO HUMANO la Abogada AURORA ZAVALA ACOSTA, las facultades y atribuciones siguientes: Suscripción de Contratos: Firmar contratos de trabajo y sus adendas, previa disponibilidad presupuestaria; Régimen Disciplinario: Incoar expedientes administrativos, presidir audiencias de descargo y aplicar sanciones de suspensión sin goce de sueldo hasta por ocho (8) días; Acciones de Personal: Autorizar vacaciones, permisos con o sin goce de sueldo, y constancias laborales; Terminación de la Relación Laboral: Resolver y suscribir acuerdos de terminación de contratos de trabajo, cesantías, aceptación de renuncias y cualquier otra forma legal de finalización de la relación laboral, incluyendo la suscripción de finiquitos y cálculos de prestaciones e indemnizaciones, salarios adeudados conforme a Ley laboral vigente. Traslados de Personal: Autorizar nombramientos interinos, traslados, rotaciones, reubicaciones, ascensos, modificaciones salariales conforme disponibilidad presupuestaria y estructura organizativa aprobada. Representación: Comparecer ante la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC) en trámites de reclasificación de puestos, ascensos, fusión, creación y otros afines. Asistir a reuniones propios del Cargo: Asistir a las reuniones Institucionales concernientes al cargo. Constancias: Emitir constancias laborales y cualquier documento oficial relacionado con el historial laboral del personal. Emitir manuales Institucionales a solicitud de la máxima autoridad.

Articulo 2

Establecer que el funcionario delegado es responsable del ejercicio de la función delegada y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y reglamentos que sean aplicables.

Articulo 3

El presente Acuerdo de Delegación no exime al Director Ejecutivo de supervisar las actuaciones del delegado/a, pudiendo revocar la presente delegación en cualquier momento.

Articulo 4

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Para los fines que correspondan se firma el presente, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026). CARLOS EDUARDO CORDERO MONTOYA Director Ejecutivo Instituto Nacional de Migración (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Educación “SUMINISTRO DE MOBILIARIO ESCOLAR (PUPITRES UNIPERSONALES, MÓDULOS TRIPERSONALES Y PIZARRAS DE FORMICA) PARA CENTROS EDUCATIVOS PROHECO” LPN-003-SE-PROHECO-DGA-2026 1. La Secretaria de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-003-SE-PROHECO- DGA-2026, a presentar ofertas selladas para “SUMINISTRO DE MOBILIARIO ESCOLAR (PUPITRES UNIPERSONALES, MÓDULOS TRIPERSONALES Y PIZARRAS DE FORMICA) PARA CENTROS EDUCATIVOS PROHECO”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Dirección General de Adquisiciones; MS.c. Hector Edgardo Bonilla, Director General de Adquisiciones, y teléfonos 2220-5583, 2222-1225, Ext. 1124 en la dirección indicada al final de este Llamado, 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., de 9:00 am a 5:00 p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la dirección: direccion.adquisiciones@se.gob.hn. A partir de la publicación el día miércoles 01 de julio de 2026. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras1”, (www.honducompras.gob.hn) en la misma fecha antes indicada. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., de la Secretaría de Educación, a más tardar a las 2:00 p.m. del día lunes 10 de agosto de 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m. del día lunes 10 de agosto de 2026. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta tal y como se establece en el artículo 99 de la Ley de Contratación del Estado. Tegucigalpa, M.D,C., 01 de julio de 2026 Ph.D IVETTE ARELY ARGUETA PADILLA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras “RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE SOLUCIONES DE MONITOREO Y OBSERVABILIDAD” No. LPN-CNBS-004-2026 1. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros invita a las sociedades interesadas que operen legalmente en el país, a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- CNBS-004-2026 y a presentar ofertas en sobres sellados para la “RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE SOLUCIONES DE MONITOREO Y OBSERVABILIDAD”. Lote 1. Renovación de Suscripción de PRTG Network Monitor Lote 2. Adquisición de Solución de Observabilidad 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados para ser inscritos como participantes del proceso, previo a la presentación de ofertas, deberán presentar nota de interés firmada y sellada haciendo referencia al presente proceso. Si prefieren hacer el trámite de inscripción de manera electrónica, deberán confirmar su participación remitiendo la nota de interés firmada y sellada al correo electrónico de la Gerencia Administrativa: cnbslicitaciones@cnbs.gob.hn. Los documentos de la licitación no tienen costo alguno y pueden ser solicitados a partir del 25 de junio de 2026. Estos documentos también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) a partir de la misma fecha. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Recepción de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros ubicada en el segundo piso del Edificio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Residencial La Hacienda, esquina Boulevard La Hacienda y Boulevard Suyapa, Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10:30 a.m. del MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Los sobres que contienen las ofertas se abrirán a las 10:45 a.m. del MIÉRCOLES 5 DE AGOSTO DE 2026 en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Los asistentes a la apertura de ofertas que no sean los Representantes Legales de los Oferentes deben presentar carta o documento que los acredite para asistir a dicho acto de apertura. Tegucigalpa, MDC, jueves 25 de junio de 2026 NICOLÁS J. GARCÍA PINEDA Comisionado Presidente 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 REPÚBLICA DE HONDURAS DIRECCIÓN DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS POLICIALES INVITACIÓN A LICITAR LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN 001-2026 “Adquisición de vehículos tipo pick up, para Oficinas Regionales Santa Rosa de Copán, La Ceiba y Centro de Control de Confianza. Gestión 2026”. La Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales, necesita la adquisición de vehículos tipo pick up, de conformidad a las características técnicas especificadas en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública Nacional No. LPN 001-2026, para lo cual se invita a las empresas legalmente autorizadas para operar en la prestación de servicios de esta naturaleza en el país, a presentar sus ofertas con base al referido Pliego de Condiciones. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos de la Tesorería General de la República. El pliego de condiciones de la licitación podrá retirarse a partir del día lunes 29 de junio del 2026 en la Gerencia Administrativa en las oficinas de la DIDADPOL, Centro Cívico Gubernamental, Torre 1, piso 19; teléfonos: 2242- 8645, correo mvelasquez@didadpol.gob.hn , o ahenriquez@ didadpol.gob.hn, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.; el cual será entregado en forma digital, sin costo alguno y a su vez estarán disponibles en el portal de HonduCompras. Para mayor información visite el portal de HonduCompras www.honducompras.gob.hn y en el sitio web www.didadpol.gob.hn. Las ofertas serán recibidas en la dirección arriba indicada a más tardar el día martes 04 de agosto del año 2026, a las 10:00 a.m. y ese mismo día se celebrará la audiencia pública de apertura de ofertas, en la sala de juntas de DIDADPOL; Torre 1, piso 19 del Centro Cívico Gubernamental de la DIDADPOL a las 10:15 a.m., en presencia de los oferentes o de sus representantes legales y de la comisión de apertura de oferta de la DIDADPOL, toda oferta presentada después de la hora arriba indicada será rechazada. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de junio del 2026. ABOGADA SILVIA MARCELA AMAYA ESCOTO DIRECTORA 30 J. 2026 REPUBLICA DE HONDURAS DIRECCIÓN DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS POLICIALES INVITACION A LICITAR LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL No. LPN 001-2026 “Adquisición de vehículos tipo pick up, para Oficinas Regionales Santa Rosa de Copan, La Ceiba y Centro de Control de Confianza. Gestión 2026” La Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales, necesita la adquisición de vehículos tipo pick up, de conformidad a las características técnicas especificadas en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública Nacional No. LPN 001-2026, para lo cual se invita a las empresas legalmente autorizadas para operar en la prestación de servicios de esta naturaleza en el país, a presentar sus ofertas con base al referido Pliego de Condiciones. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos de la Tesorería General de la República. El pliego de condiciones de la licitación podrá retirarse a partir del día lunes 29 de junio del 2026 en la Gerencia Administrativa en las oficinas de la DIDADPOL, Centro Cívico Gubernamental, Torre 1, Piso 19; Teléfonos: 2242-8645, correo mvelasquez@didadpol.gob.hn , o ahenriquez@didadpol.gob.hn, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.; el cual será entregado en forma digital, sin costo alguno y a su vez estarán disponibles en el portal de HonduCompras. Para mayor información visite el portal de HonduCompras www.honducompras.gob.hn y en el sitio web www.didadpol.gob.hn. Las ofertas serán recibidas en la dirección arriba indicada a más tardar el día martes 04 de agosto del año 2026, a las 10:00 a.m. y ese mismo día se celebrará la audiencia pública de apertura de ofertas, en la sala de juntas de DIDADPOL; Torre 1, piso 19 del Centro Cívico Gubernamental de la DIDADPOL a las 10:15 a.m., en presencia de los oferentes o de sus representantes legales y de la comisión de apertura de oferta de la DIDADPOL, toda oferta presentada después de la hora arriba indicada será rechazada. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de junio del 2026. ABOGADA SILVIA MARCELA AMAYA ESCOTO DIRECTORA La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de junio del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el ciudadano CARLOS JOHAN ZUÑIGA RODRIGUEZ, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026-00387 vía procedimiento en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No.0171-2026 emitido en fecha veinticuatro (24) de dos mil veintiséis (2026) y notificado en fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veintiséis (2026). Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo funcional como Ingeniero I del cual fue ilegalmente cancelado o a uno de mejor categoría. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que la relación inició hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con absoluto respeto a su antigüedad en el cargo y demás derechos correspondientes establecidos en el acápite de "petición" de la presente demanda. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros documentos originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. Poder. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 30 J. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de mayo del 2026 La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de marzo del dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado el señor RONNY MELCHOR RUBI GARCIA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía procedimiento en materia personal con orden de ingreso número 0801-2026-00510, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), se interpone demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 0246-2026 emitido en fecha veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026). Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo funcional como Analista de Concreto Asfáltico del cual fue ilegalmente cancelado o a uno de mejor categoría. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que se su relación inicio hasta la fecha en que quede firme la sentencia, se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de vigencia del acto impugnado hasta que se reintegre al cargo con absoluto respeto a su antigüedad en el cargo y demás derechos correspondientes establecidos en el acápite de "petición" de la presenta demanda. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros documentos originales. Se relaciona con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 06 de mayo del 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de marzo del año 2026, compareció a este Juzgado el Abogado LEOPOLDO ENRIQUE ROMERO BANEGAS, en su condición de representante procesal de los ciudadanos YIMI JONATHAN ZUNIGA JUAREZ y ANGELICA MARIA ZELAYA MARTINEZ, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 06-2026 de fecha 11 de marzo del 2026 y el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 012-2026 de fecha 11 de marzo del 2026, emitido por el Estado de Honduras, a través de la AGENCIA HONDUREÑA AERONÁUTICA CIVIL (AHAC), reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2026-00759. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 11 de mayo del 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 10 de marzo del 2026, compareció a este Juzgado el ciudadano JOSE ALEJANDRO ANDINO FLORES, en su condición personal por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. SE-IP-076-2026 de fecha 12 de febrero del 2026, emitido por el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD (IP). Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2026-00453. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de mayo del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER Que en cuatro (04) de marzo del año dos mil veintiséis (2026) compareció ante este Juzgado la señora RAQUEL DALILA RUIZ MATUTE, interponiendo Demanda Contencioso Administrativa en Materia Especial de Personal con orden de ingreso número 0801-2026-00389, en contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), contraída a solicitar "Se Interpone Demanda Contencioso Administrativo en materia especial de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 0242-2026 emitido en fecha veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026) y notificado en fecha veintisiete (27) de febrero de dos mil veintiséis (2026). Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo funcional como Ingeniero I del cual fue ilegalmente cancelado o a uno de mejor categoría. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inició hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con absoluto respeto a su antigüedad en el cargo y demás derechos correspondientes establecidos en el acápite de "petición" "de la presente demanda. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros documentos originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda en los medios de pruebas. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. Poder". ABG.ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha catorce de mayo del año dos mil veintiséis, el Abogado Eduardo Javier Reyes Nuñez, actuando en su condición de Apoderado Judicial de los señores Silvia Aida Contreras Robles, Hayleem Janice Suazo Ramirez y Julia Carolina Herrera Martinez, interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 261-2026, en este despacho dicha demanda personal tiene como finalidad que se declare la nulidad de unos actos administrativos consistente en los Acuerdos: 1) Acuerdo de Cancelación de Nombramiento No.123- 2926 de fecha seis de mayo del año dos mil veintiséis, correspondiente a Silvia Aida Contreras Robles, 2) Acuerdo de Cancelación de Nombramiento No.127-2026, de fecha seis de mayo del año dos mil veintiséis, correspondiente a Hayleen Janice Suazo Ramirez; y, 3) Acuerdo de Cancelación de Nombramiento No.128-2026, de fecha seis de mayo del año dos mil veintiséis, correspondiente a Julia Carolina Herrera Martínez, por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de las formalidades esenciales del acto administrativo, por haber sido dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, por desviación de poder, por contrariar lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley General de la Administración Pública, en relación con el Artículo 34 literal F) de la Ley de Procedimiento Administrativo, asimismo solicita las compareciente que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento, se condene al Estado de Honduras al reintegro de los representados en su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como al pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de sus cancelaciones hasta la fecha en que sea reintegrados, incluyendo los derechos colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, incrementos salariales otorgados a los empleados del sector públicos y las vacaciones que debieron gozarse y que se devenguen durante dicho periodo y se condenen en costas. San Pedro Sula, Cortés, 26 de junio del año 2026. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 30 J. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que según expediente número 0801-2025-05916-CV, ante este Despacho de Justicia, compareció el Abogado EDWAR MAGDANIEL BACA ANTUNEZ, en su condición de representante procesal de la señora ENIA MARLENE MATUTE MATUTE solicitando la Cancelación y Reposición de un Título Valor consistente en un CERTIFICADO DE DEPÓSITO DE CUENTA A PLAZO FIJO número 1604000341 por la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL LEMPIRAS (L.1,500,000.00) emitido por la COOPERATIVA ELGA LIMITADA, a favor de la señora ENIA MARLENE MATUTE MATUTE. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente.- Tegucigalpa, M.D.C., 08 de junio del 2026 ABG. GUSTAVO ORTEZ SECRETARIO ADJUNTO 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE ACCIDENTES PARA LA FLOTA VEHICULAR, MOTOCICLETAS Y LANCHAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL (ICF) A NIVEL NACIONAL, POR EL PERIODO DE 07 MESES”, PARA UN TOTAL DE 348 VEHÍCULOS. ICF-GA-LPN-001-2026 1. El INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ICF-GA-LPN-001-2026 “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE ACCIDENTES PARA LA FLOTA VEHICULAR, MOTOCICLETAS Y LANCHAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL (ICF) A NIVEL NACIONAL, POR EL PERIODO DE 07 MESES”, PARA UN TOTAL DE 348 VEHÍCULOS”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán solicitar de forma gratuita los documentos de la presente licitación, a partir del 26 de junio de 2026 en un horario de 8:00 am a 4.00 pm. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras1”, (www.honducompras.gob.hn), o ser solicitados por los siguientes correos: Sí claro es compras@icf.gob.hn o bcanales@icf.gob.hn . 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa del ICF Colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela. M.D.C., a más tardar a las 2:00 pm del 10 de agosto del 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 2:15 pm del 10 de agosto del 2026. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación, venir en sobre debidamente rotulado y lacrado. Comayagüela, M.D.C., 26 de junio del 2026 Lic. Byron Alexander Sánchez Godoy Gerente Administrativo ICF 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 Aviso de Licitación Pública República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS” ICF-GA-LPN-003-2026 1. El INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ICF-GA-LPN-003-2026 “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS INFORMÁTICAS”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán solicitar de forma gratuita los documentos de la presente licitación, a partir del 26 de junio de 2026, en un horario de 8:00 a.m. a 4.00 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras1”, (www.honducompras.gob.hn), o ser solicitados por los siguientes correos: compras@icf. gob.hn, bcanales@icf.gob.hn. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa del ICF colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela, M.D.C., a más tardar a las 2:00 p.m. del 07 de agosto del 2026. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 2:15 p.m. del 07 de agosto del 2026. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación Comayagüela, M.D.C., 26 de junio del 2026 Lic. Byron Alexander Sánchez Godoy Gerente Administrativo ICF 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 9 de abril del año 2026 comparece el Abogado LEOPOLDO ENRIQUE ROMERO BANEGAS, inscrito en el Colegio de Abogados bajo el número 05665, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores: OSCAR YOVANNY ORNOÑEZ FLORES, KATHERINE LORENA MIDENCE GARCIA, MARÍA EMILIA ANTÚNEZ VALLE y OSCAR FERNANDO PEÑA ESPINAL, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-00929, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL, por el procedimiento en materia de personal, demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de unos actos administrativos consistentes en los Acuerdos de Cancelación de Servidores Públicos, por no ser conforme a derecho, infringir y violar garantías del debido proceso y derecho a la defensa, al derecho humano al trabajo, estabilidad laboral, permanencia y continuidad en el empleo y la no discriminación, reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se condene a lo siguiente:

  • a)

    al reintegro a los cargos en iguales o mejores condiciones,

  • b)

    a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con sus respectivos incrementos salariales en ausencia y derechos adquiridos otorgados en ley cuantificados desde la cancelación hasta que se ejecute la sentencia condenatoria mediante el reintegro,

  • c)

    declarar la incompatibilidad e inaplicabilidad de los artículos 3 y 9 del Decreto Legislativo 17-2026 publicado en el Diario Oficial La Gaceta Número 37,081 del 27 de febrero del 2026 por no tener ningún efecto retroactivo vulnerando garantías y derechos protegidos por la Constitución de la República, las Convenciones en Materia de Derechos Humanos, la OIT y la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,

  • d)

    decretar, si fuera el caso, la nulidad de los Acuerdos de Nombramiento de los sustitutos nombrados. Se acompañan documentos. Petición. Poder. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de abril del año 2026 comparece la señora XIOMARA YAMILE BANEGAS, quien en el escrito de la demanda confiere poder a los Abogados MARCIO ARIEL CANACA CURRY y JOSE WALTER ARIAS LAGOS inscritos en el Colegio de Abogados bajo los números 24919 y 24852 respectivamente, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-01444, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL), por el procedimiento en materia de personal, se interpone demanda contencioso administrativa en materia de personal, para que se declare la nulidad absoluta de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía No. 248-SEDESOL-2026, de fecha veintisiete (27) de marzo del año dos mil veintiséis (2026),emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social y notificado el día seis (06) de abril de dos mil veintiséis (2026); por violentar derechos y garantías fundamentales: Se declare no ser conforme a derecho por violentar el legítimo derecho a la defensa, el principio de estabilidad laboral y por infracción del ordenamiento jurídico nacional; por violación al debido proceso; se reconozca una situación jurídica individualizada; se solicita el reconocimiento y aplicación de medidas cautelares necesarias para el pleno restablecimiento de derechos, como ser la suspensión del acto administrativo impugnado; se ordene el reintegro en mi cargo o, en su defecto, en otro de igual o mejor nivel y salario; el pago de salarios dejados de percibir y demás derechos económicos irrenunciables hasta el pleno restablecimiento de mis derechos; reajuste salarial; se reconozca la antigüedad laboral de la demandante computada desde el dieciséis (16) de mayo del año dos mil veintitrés (2023) como servidora pública continua de SEDESOL; la cuantía es indeterminada por no saber el tiempo de duración de la presente demanda; se condene en costas al demandado por haber provocado la interposición de la presente demanda; se solicita la inaplicación del artículo Decreto No. 17-2026 (Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano) por contravenir normas constitucionales; se acompañan documentos; se confiere poder. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de registro de: PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS El Representante o Apoderado Legal: JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE Actuando en representación de la empresa: Insecticidas Internacionales de Costa Rica S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS De nombre Comercial: CYBEL 28 SC Ingrediente activo: 20% AZOXYSTROBIN, 8% CYPROCONAZOLE Grupo al que pertenece: Estrobilurina, Triazol Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación toxicológica: 5 Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: Agroquímicos, Semillas y Equipos de Riego, S.A.S. (AGROSER S.A.S.) / COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXP-GER-SENASA: 2604-0961 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No. 344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto, el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., 12 de junio de 2026 Fredy Samuel Raudales Barahona Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas DRIA 30 J. 2026 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de registro de: PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS El Representante o Apoderado Legal: JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE Actuando en representación de la empresa: Insecticidas Internacionales de Costa Rica S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS De nombre Comercial: LEGACY 62.5 WG Ingrediente activo: 25% FLUDIOXONIL, 37.5% CYPRODINIL Grupo al que pertenece: Finilpirrol, Anilinopirimidina Tipo de Formulación: Gránulos Dispensables (WG) Clasificación toxicológica: 5 Estado Físico: Sólido Formulador y País de Origen: Agroquímicos, Semillas y Equipos de Riego, S.A.S. (AGROSER S.A.S.) / COLOMBIA Tipo de Uso: Fungicida EXP-GER-SENASA: 2605-1387 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto, el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C. 12 de junio de 2026 Fredy Samuel Raudales Barahona Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas DRIA 30 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 30 DE JUNIO DEL 2026 N o . 37,181 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de

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