Acuerdo Ejecutivo — Autorización para ejercer las defensas contempladas en los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil en caso CDIH-16-2020
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contempladas en los artículos 81 numeral 2 y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil, a fin de que las mismas puedan ser ejercidas en el momento procesal oportuno, dado la complejidad del asunto y las particularidades de los hechos alegados en el CDIH-16-2020 Deras García y Otros vs. Honduras, actualmente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en Casa Presidencial, Ciudad de Iguacigalpa, municipio del Distrito Central, el veintinueve (29) de abril de dos mil veinticuatro (2022).
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS
Poder Legislativo