Acuerdo Ministerial No. SAR-002-2017 — Aprobación de la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR)
Considerandos
- 1.Que mediante Decreto Legislativo 170-2016 que contiene el Código Tributario se creó a la Administración Tributaria como una entidad Desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable de la administración tributaria, con autoridad y competencia a nivel nacional, y que ejerce a cargo de un Director Ejecutivo con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República.
- 2.Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 01-2017, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 195 del Código Tributario se denominará a la Administración Tributaria como SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR).
- 3.Que mediante acuerdo ejecutivo número 001-A-2017 se nombró a la ciudadana MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA en el cargo de Directora Ejecutiva con rango ministerial, con facultades para aprobar y ejecutar los actos administrativos conforme a ley.
- 4.Que los órganos administrativos desarrollarán su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública.
Articulos
Articulo 1
Aprobar la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR) como se de continuación: DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS [ORGANIGRAMA - PÁGINA 2] DIRECCIONES REGIONALES [ORGANIGRAMA - PÁGINA 3] DIRECCIONES DEPARTAMENTALES [ORGANIGRAMA - PÁGINA 3]
Articulo 2
La DIRECCIÓN NACIONAL tendrá su sede en la Capital de la República.
Articulo 3
Se crean las Direcciones Regionales Siguientes: DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO SUR con sede en la ciudad de Tegucigalpa y jurisdicción en los departamentos de Francisco Morazán, Cholulteca, El Paraíso, Olancho, Comayagua, Islas, Intibucá y La Paz; DIRECCIÓN REGIONAL NOR OCCIDENTE con sede en la Ciudad de San Pedro Sula y jurisdicción en los Departamentos de Cortés, Santa Bárbara, Copán, Lempira, Ocotepeque y Yoro, y DIRECCIÓN REGIONAL NOR ORIENTE con sede en la Ciudad de La Ceiba y jurisdicción en los Departamentos de Atlántida, Colón, Islas de la Bahía y Gracias a Dios.
Articulo 4
Se crean las DIRECCIONES DE GRANDES CONTRIBUYENTES con las siguientes jurisdicción: Grandes Contribuyentes Tegucigalpa en los Departamentos de Francisco Morazán, Cholulteca, El Paraíso, Olancho, Comayagua, Valle, Intibucá y La Paz; y Grandes Contribuyentes San Pedro Sula en los Departamentos de Cortés, Santa Bárbara, Copán, Lempira, Ocotepeque, Yoro, Atlántida, Colón, Islas de la Bahía y Gracias a Dios.
Articulo 5
El Departamento de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia asignado a la Dirección de Grandes Contribuyentes con sede en Tegucigalpa tendrá jurisdicción para conocer asuntos a nivel nacional y sobre cualquier categoría de contribuyentes.
Articulo 6
Se crean las DIRECCIONES DEPARTAMENTALES siguientes: Olancho con sede en Juticialpa, El Paraíso con sede en Danli, Cholulteca con sede en Cholulteca, Comayagua con sede en Comayagua, Copán con sede en Santa Rosa de Copán, Santa Bárbara con sede en Santa Bárbara y Colón con sede en Tocoa.
Articulo 7
Se crean las OFICINAS TRIBUTARIAS con sede en: Nacaome, Marcala, La Esperanza, Gracias, Ocotepeque, Puerto Cortés, Peña Blanca, El Progreso y Roatán.
Articulo 8
El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. PUBLIQUESE. MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA MINISTRA DIRECTORA, SAR CARMEN ALEJANDRA SUAREZ PACHECO SECRETARIA GENERAL Servicio de Administración de Rentas ACUERDO No. SAR-005-2017 Tegucigalpa, M. D. C., 01 de enero del 2017