Acuerdo Ejecutivo No. 177-2025 — Reforma del Acuerdo No. 083-GA-2021 para agregar factor comparativo de asignación mensual para Estado de Qatar
Considerandos
- 1.Que la Ley del Servicio Diplomático y Consular de Honduras regula la organización y funcionamiento del servicio diplomático y consular, tanto del Servicio Interno como del Servicio Exterior.
- 2.Que la Ley establece en sus artículos 4 numeral 14, 67 y 68, una asignación mensual, la cual no forma parte del sueldo, para los funcionarios y servidores públicos que se desempeñen en el Servicio Exterior, en compensación por desempeño.
- 3.Que dicha asignación debe ser calculada de acuerdo al factor comparativo establecido en el estudio socioeconómico elaborado anualmente.
- 4.Que la realidad económica del Estado de Qatar se ha constatado que el actual factor comparativo designado no está acorde con la realidad de los costos de vida del descrito Estado.
- 5.Que el Protocolo de San Salvador establece las siguientes Condiciones justas, equitativas y satisfactorias de trabajo. Los Estados Partes en el presente Protocolo reconocen que el derecho al trabajo al que se refiere el artículo anterior, supone que toda persona goce del mismo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, para lo cual dichos Estados garantizarán en sus legislaciones nacionales, de manera particular.
- 6.Que la Subgerencia de Presupuesto ha realizado todos los estudios presupuestarios, a efecto de sustentar este proceso mediante el cual se modifica el valor del factor comparativo para el Estado de Qatar.
- 7.Que la actual administración ha decidido fortalecer la Red Consular de Honduras en Norteamérica en aras de salvaguardar, proteger los derechos de los migrantes hondureños, así como asistirlos y atenderlos en la ruta migratoria razón por la cual se ha decidido la apertura de nuevas oficinas consulares.
- 8.Que para efecto de cálculo se debe tener en cuenta diferenciación entre las responsabilidades atribuidas a los funcionarios y servidores públicos en función del país de destino.
- 9.Que la asignación mensual es aquella que se otorga mensualmente al funcionario, mientras ejerce un cargo en el Servicio Exterior, en compensación por su desempeño, calculada de acuerdo al Factor Comparativo establecido por la Secretaría de Estado y al cual no forma parte de su sueldo. CONSIDERANDO: La reciente apertura de las Relaciones Diplomáticas, entre la República de Honduras y el Estado de Qatar.
Articulos
Articulo 1
Reformar por adición el Acuerdo No. 083-GA-2021 agregando el factor comparativo para cálculo de la asignación mensual para el Estado de Qatar; el cual deberá leerse de la manera siguiente: Representación Factor Comparativo Estado de Qatar 1.2 Consulado de Guadalajara 0.9 Ciudad Juárez 0.8 Kansas 0.8 Bilbao 1.1 Vancouver 1.1 India 1.05 1.02
Articulo 2
El presente Acuerdo Ejecutivo deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los siete (07) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EDUARDO ENRIQUE REINA GARCIA SECRETARIO DE ESTADO EMILSON DANIEL DURON CRUZ ENCARGADO SECRETARÍA GENERAL