VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. ADUANAS-DE-022-2022 | 28 de mayo de 2022 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,935

Acuerdo Ejecutivo No. ADUANAS-DE-022-2022 — Delegación de facultades a Edwin Alexis Mendoza Ordoñez en la Gerencia Nacional Administrativa y Financiera

Considerandos

  1. 1.Que la Administración Aduanera es una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos aduaneros, con autoridad y competencia a nivel nacional y con domicilio en la capital de la República de Honduras, creada según lo preceptuado en el artículo 195 del Decreto Legislativo Número 170-2016 contentivo del Código Tributario, aprobado el quince (15) de diciembre de dos mil dieciséis (2016) y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veintiocho (28) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM- 059-2019 se institucionaliza la nueva administración aduanera en el marco de lo preceptuado en el Código Tributario, contenido en el Decreto Legislativo No. 170-2016, cuya denominación será Administración Aduanera de Honduras, desde el uno (1) de enero de dos mil veinte (2020).
  3. 3.Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 118-2022 de fecha 23 de febrero de 2022, se nombró a FAUSTO MANUEL CALIX MARQUEZ como Director Ejecutivo con Rango Ministerial de la Administración Aduanera de Honduras.
  4. 4.Que el Código Tributario en su artículo 197 numeral 1) establece que la máxima autoridad de la Administración Aduanera están a cargo de un (a) Director (a) Ejecutivo (a), nombrado por el Presidente de la República, con Rango Ministerial, quien es la máxima autoridad y el representante legal de la institución, responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos, metas y resultados, conforme a la política económica, fiscal y tributaria del Estado.
  5. 5.Que de conformidad al Decreto 170- 2016, el Director Ejecutivo de la Administración Aduanera de Honduras tiene facultades autorizantes, directoras, administradoras y supervisoras del Servicio Aduanero.
  6. 6.Que el Director Ejecutivo tiene plena potestad para delegar las funciones en los funcionarios competentes, aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la institución, seleccionar, nombrar, contratar, evaluar, promover y remover al personal de acuerdo con las normas aplicables.
  7. 7.Que de conformidad al artículo 4, párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, el superior podrá delegar funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forma parte el superior y el inferior.
  8. 8.Que la Ley de Simplificación Administrativa tiene como objetivos específicos en el Artículo 2, el de clarificar y disminuir en lo posible jerarquías o líneas de responsabilidad entre quienes, de conformidad con la ley, intervienen en la prestación de servicios con facultades de autorizar, controlar y operar, para que no se demore ni entorpezca la toma de decisiones y reducir la multiplicidad de unidades ejecutoras de servicios administrativos y de apoyo.

Articulos

Articulo 1

DEJAR SIN VALOR Y EFECTO las facultades delegadas en la ciudadana DOMINIQUE MITCHELLE MATUTE PEREZ, con número de Documento Nacional de Identificación 0801-1992-23987, establecidas en el ACUERDO NO. ADUANAS-DE-015-2022, de fecha dieciocho de marzo del año dos mil veintidós, mediante el cual se le delegó funcionalmente en el cargo de Gerente de la GERENCIA NACIONAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

Articulo 2

DELEGAR al ciudadano EDWIN ALEXIS MENDOZA ORDOÑEZ, con número de Documento Nacional de Identificación 0615-1973-00032, en el cargo de Gerente de la GERENCIA NACIONAL ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, con atribuciones y facultades para:

  • 1)

    Resolver y suscribir todos los documentos, órdenes, contratos, y autorizaciones correspondientes a la Gerencia Nacional Administrativa y Financiera y de los Departamentos y secciones dependientes de ésta, necesarios para la ejecución del presupuesto asignado a las Administración Aduanera de Honduras;

  • 2)

    Convocar, conducir, adjudicar y contratar los proveedores y contratistas producto de procesos de contrataciones directas, concursos, licitaciones y otros procesos de contratación previstos en la ley, tanto con fondos nacionales como internacionales destinados al Servicio Aduanero;

  • 3)

    Ejecutar los recursos del presupuesto y de otras fuentes nacionales e internacionales autorizadas, en el marco de la institucionalización de la Administración Aduanera de Honduras, creada mediante el Código Tributario y de acuerdo a lo establecido en el PCM 059-2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 30 de septiembre del 2019 efectuando procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado, sin interrumpir las operaciones aduaneras del país y garantizando el mínimo de trastornos en los servicios que se prestan a todos los usuarios de este servicio público, para lo cual deberá contar con el visto bueno de la Dirección Nacional de Estrategia y Administración Financiera de Aduanas;

  • 4)

    Se incluyen en la presente delegación las potestades, atribuciones y facultades para realizar traslados o modificaciones presupuestarias del grupo 100 dentro del presupuesto de ésta y otros siempre y cuando cuenten con el visto bueno de la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera de Honduras o de la Dirección Nacional de Estrategia y Administración Financiera de Aduanas.

Articulo 3

El ciudadano delegado es responsable del ejercicio de las facultades delegadas y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables.

Articulo 4

El ciudadano delegado deberá presentar a la Dirección Ejecutiva de la Administración Aduanera de Honduras, un informe mensual de las actuaciones autorizadas en el marco de la presente delegación.

Articulo 5

Transcribir el presente Acuerdo al ciudadano delegado, mismo que es efectivo a partir de su notificación con una vigencia por tiempo indefinido y deberá publicarse en el Portal de Transparencia Institucional. COMUNÍQUESE. ABG. FAUSTO MANUEL CÁLIX MÁRQUEZ DIRECTOR EJECUTIVO ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS ABG. JOSÉ ANTONIO GALLEGOS DÍAZ SECRETARIO GENERAL NACIONAL ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS

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