Acuerdo Ejecutivo No. 001-K-SP-2015 — Nombramiento de Comisionada Regional Plan de Nación Región 14 Lempa
Resumen
Este acuerdo nombra a Hodalma Lisseth Benítez Erazo como Comisionada Regional del Plan de Nación para la Región 14 Lempa, a partir del 2 de enero de 2015, con un sueldo de L.60,000.00. El cargo forma parte de la estructura administrativa transferida a la Secretaría de la Presidencia para coordinar el desarrollo regional del país.
Considerandos
- 1.Que el Reglamento de organización, funcionamiento y competencia del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 23, las Secretarías de Estado, en su carácter de colaboradores inmediatos del Presidente de la República, son responsables de conducir los asuntos de su respectivo ramo observando las políticas e instrucciones que aquel imparta.
- 2.Que el PCM-021-2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil catorce (2014), en el artículo 11 por disposición eminentemente presidencial decreta; delegar la representación del Presidente de la República ante el Consejo del Plan de Nación, en el Secretario de Estado de la Presidencia, contenida en el numeral 1 del artículo 13 del Decreto Legislativo número 286-2009, que contiene la Ley para el establecimiento de una visión de país y la adopción de un Plan de Nación para Honduras.
- 3.Que para dar cumplimiento al PCM- 021-2014, la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno por medio de sus direcciones presidenciales en coordinación con la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas, deben transferir a la Secretaría de Estado de la Presidencia los activos, mobiliario, equipos, vehículos y demás, las estructuras administrativas, entre ellas, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y la Dirección General de Coordinación Regional, Comisionados regionales y unidades técnicas permanentes, Regionales su personal y el presupuesto no ejecutado.
- 4.Que el Reglamento de organización, funcionamiento y competencia del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 23, las Secretarías de Estado, en su carácter de colaboradores inmediatos del Presidente de la República, son responsables de conducir los asuntos de su respectivo ramo observando las políticas e instrucciones que aquel imparta.
- 5.Que el PCM-021-2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil catorce (2014), en el artículo 11 por disposición eminentemente presidencial decreta; delegar la representación del Presidente de la República ante el Consejo del Plan de Nación, en el Secretario de Estado de la Presidencia, contenida en el numeral 1 del artículo 13 del Decreto Legislativo número 286-2009, que contiene la Ley para el establecimiento de una visión de país y la adopción de un Plan de Nación para Honduras.
- 6.Que para dar cumplimiento al PCM- 021-2014, la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno por medio de sus direcciones presidenciales en Coordinación con la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas, deben transferir a la Secretaría de Estado de la Presidencia los activos, mobiliario, equipos, vehículos y demás, las estructuras administrativas, entre ellas, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y la Dirección General de coordinación Regional, Comisionados regionales y unidades técnicas permanentes, Regionales su personal y el presupuesto no ejecutado.
Articulos
Articulo 1
Nombrar al ciudadano JOSÉ RODOLFO ZELAYA PORTILLO, en el cargo de Comisionado Presidencial del Plan de Nación, dependiente de la Secretaría de la Presidencia y, quien a su vez fungirá como Director Ejecutivo Ad honorem del Plan de Nación.
Articulo 2
El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que presente la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Secretaría de Estado de la Presidencia ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 015-B-SP-2015 Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República.
Articulo 3
El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los un días del mes de junio del año dos mil quince. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA CATHERINE YAMILETH CHANG CARÍAS SECRETARIA GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA _______ Secretaría de Estado de la Presidencia