Vigente
Decreto No. 079-2018 | 3 de agosto de 2018

Acuerdo Ministerial No. 079-2018 — Habilitación de licencias automáticas para importación de cebolla

Considerandos

  1. 1.Que es competencia de la Secretan'a de `Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico, la formulaci6n y ejecuci6n de politicas relacionadas con los mecanismos intemos de comercializaci6n de bienes y servicios,yasegurarcondicionesadecuadasdeabastecirfuento, en coordinaci6n con los demas organismos gubemamentales que correspondan.
  2. 2.Que de conformjdad con el Acuerdo Ministerial No.009-2015 de fecha 21 de enero de 2015 y 042-2016del21dejuniodel2016,laimpapaci6ndecebolla bajolosincisosarancelarios0703.10.11.00;0703.10.12.00;y 0703.10.13.00del Arancel Centroamericanodelmportaci6n (ACI) requiere la emisi6n de rna licencia de importaci6n emitida por esta Secretaria de Estado, siendo uno de los requisitos para la emisi6n de dichas licencias automaticas.
  3. 3.Que para abastecer el mercado nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza injustificada de los precios a los consumidores, y que por tal raz6n y en el ejercicio de sus atribuciones y competencias la SecretariadeEstadoenelDespachodeDesarrolloEcon6mico eslallamadaaadoptarlasmedidasqueasegureneladecundo abastecimiento de productos de consumo esencial de la poblaci6n. M. D. C.' 11 DE AGOSTO DEL 2018 No. 34.71 DespachosdeAgriculturayGanaden'a,enelmarcodelAcuel 009-2015 refomado por el Acuerdo Ministerial 042-20] recomend6 a la Secretan'a de Desarrollo Econ6mico habilii laslicenciasdeimportaci6ndecebolla,exclusivamentepa elmesdeagostodelpresenteafio;clasificadasenloscedig arancelarios0703.10.I1.00;0703.10.12.00;y,0703.10.13.( del Arancel Centroamericano de Importaci6n (ACI), a I empresas en el indicadas.
  4. 4.Que entre las atribuciones de Secretaria de Estado. en los Despachos de Desarrol Econ6mico,figuralaadministraci6ndeliegimendecomerc exterior de Honduras.

Articulos

Articulo 1

Habilitar la emisi6n de licencias automaticas, para la importaci6n de cebolla bajo los incisos armcelarios 0703.10.11.00;.0703.10.12.00;y,0703.10.13.00del Arancel Centroamericanodelmportaci6n(ACI)paraelmesdeagosto 2018, cuya vigencia sera a partir de la fecha de emisi6n de la licencia hasta el 31 de agosto del 2018, para las personas naturales y/o juridicas infro mencionadas de confomidad a REPUBLICA HONDURAS - qu. C.,11 DE AGOSTO DEL 2018 No RTN - Pemng Natudc8 a J-EMPRESADESERVICI0SMULTIPLESCOMERCIALIZADORADEPRODUCTOS I23456789 0501901687671,308019001002 "653.7163.44 KG6653,760.00 HORTICOLAS DE SULAHORTIFRunHONDURAs s.A.VERDURASFONSECAS.DER.L. DE C.V.VERDURASQUINTEROS,S.DER.L.DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS 357050190124962 163,440.00 57 •05019016842 163.44 163,440.0 1640501900650148706101967002 136.20 136,200.00 log.96 108,960.00 MONTECRIST0S.DERL.BODEGADECIELESADRIANVEGETABLESANDFRUITSCASTBUS.R.L.COMERCIALELTICOSDERLVENTADEFRUTASYVERDURASMORAIESIMPORTADORAJBCOMERCIALIZADORAPENIELS.DER.LDE.C.V.DlsTRn}ulDORA.EIMpoRTADORADEFRUTASYVERI)URASESCOL,SDER.L.FRUTASVEGETALESYTRANSPORTES.A.DEC.V.VERDURASHERNANDEZGRupoALmmNTlclosADEC.v.CARrosADANANI)INoBOND.LAVENTADEFRUTASYVERDURASADRIANOSUPERMERCADOSLACol,ONIA,SADEC.V.IMPORTADORADEFRUTASDEHONI)URAS,S.DER.L.'`z',\'r3fi`a`'`z£.z`,,,vi,,i-`iac`'+u 636050190102854 108.96108.96108.96 108,960.00 150501900550118 108,960.00 608011967100250 108,960.00 81.7281.72 81,720.0081,720.00 10 0501196606213005019011395404 81.72 81,720.oo 12 0801901793398905019995149594050119840188 8 I . 72 81,720.00 8 I .72 81,720.00 15161718 71050190040122050801198401117 54.48 54,480.00 54.4827.24 54,480.00 008011989198 27,240.00 26908019995224 27.24 27240.00 27.24 27240.00 19 •`` 08019003258261`.:I_. 0 0 `!`^c ap+,,£„#`¥jxfae, , if`,ft3ex:,t. ,S TOTAL a:5€`set8 '.'5`',I;2¥',{=`;^=;=`*;£;:;=;::.„:i,±£¥s:g ` • qusl#- '.,£m" SEGUNI)0:Losbeneficiariosdelaslicenciasdeimportaci6n a las que se refiere el presente Acuerdo, que cuentan con el Registro de lmportadores de Cebolla establecido en el Acuerdo Minsterial No.009-2015 de fecha 21 de enero del 2015, deberdn solicitar la correspondiente Licencia ante la Direcci6n General de Integraci§n Econ6mica y Politica Comercial (DGIEPC) de esta Secretaria de Estado. Para aquellos importadores que no cuentan con el Ninero de Registro supra indicado, la solicitud debde ser presentada ante la Secretari'a General de esta Secretarl'a de Estado que latrasladafaalaDGIEPCparaeltrinitecolTespondiente. Las Licencias emitidas al amparo de este Acuerdo serin nominativas, no constituyen titulo valor, son. intransferibles y no transables.

Articulo 3

CUARTO: Para los efectos de este Acuerdo son aplicab losArti'culos4,5y8del Acuerdo Ministerial No.009-201

Articulo 5

El presente Acuerdo debera ser remitido a I autoridades aduaneras nacionales ya la Secretaria de Estado los Despachos de Agriculturay Ganaderi'aparaqueproced de confomidad a sus competencias.

Articulo 6

El presente Acuerdo entrara en vigencia a pan de la fecha y debefa de publicarse en el Diario Oficial :`L GACETA". AENALD0 CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Econ6mico DIARIO OFICIAL DE LA IIE Leprimaraimpremalts6aHondumsenl829,siendo instalada en Tegucigalpa, en el cuartel §an Fran- cisco, lo primero qua se imprimi6 fue una proclama del General Morazan, con focha 4 do diciembro de 1829. Afro CXL TEGUCIGALPA, M. PUBLICA D. c., IroNDURAs, c. A. DE HONDURAS M¥__sE„.A.a. MARTES 14 DE Secci6n A

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