Acuerdo Ministerial No. 075-2018 — Reformar variables del Sistema de Precios Paridad de Importación de combustibles derivados del petróleo
Considerandos
- 1.Que el Decreto Ejecutiv( PCM-02-2007 de fecha 13 de enero del 2007, establect el Sistema de Precios Paridad de Importaci6n como e mecanismo automatico para determinar los precios dt venta al consumidor final de los combustibles derivado! del pefroleo y en su articulo 10 autoriza a la Secretaria dt Industria y Comercio revisar y modificar cada una de la! variables del Sistema de Precios Paridad de Importaci6r cuando lo considere oportuno o conveniente.
- 2.Que mediante Decreto Ejecutivt 30-2006 de fecha 01 de septiembre de 2006, se declaran lo derivad®s del petr6leo productos estrat5gicos y esenciale para la seguridad nacional, asi como vitales para e desarrollo econ6mico y social del pats. REPUBLICA DE HONDURAS - de los combustibles derivados del petr6leo y a la vez perfeccionar y actualizar el sistema de precios que asegure que todos los habitantes del pals paguen precios competitivos.
- 3.Que es necesario ajustar el mecanismo de determinaci6n de precios maximos de venta al consumidor final de los combustibles derivados del petr6leo con base en la realidad del mercado nacional e intemacional.
Articulos
Articulo 1
Reformar las variables del Sistema de Precios Paridad de lmportaci6n establecidas en el Articulo 3 del Decreto Ejecutivo No. PCM-002-2007 del 13 de enero delafio2007,publicadoenelDiarioOficialdelaReptiblica "La Gaceta" No 31,210, de fecha 20 de enero del 2007, el . cual se debe leer asi: "ARTfcuLO3.-Elcalculodelospreciosmaximosal consumidor segdn el "Sistema de Precios Paridad de Importaci6n" se determinari confomie a los factores definidos a continuaci6n: (a) PRECIO BASE VALOR FOB DEL PRODUCTO: . . . M. D. C 30 DE JllIO DEL 2018 \.o..uns (c) SEGURO MARjTIMO: . . . (d) PERDIDAS EN T.RANSITO: . _ . (e) COMISION CAMBIARIA: . . . (f) SOBREESTADiA: ... (g) GASTOS DE INSPECcldN: . . . (h) GASTOS PORTUARIOS: . . . (i) GASTOSADUANEROS: ... (j) MARGEN DEL IMPORTADOR: . . . ( k) TERMINAL MARITIMO, ALMACENAMIE Y SERVICIOS RELACIONADOS: . . . £a gaceta DiApro OFiciAL DE LA REpljBLicA DE HONDURAs DECANO DE LA PPIENSA HONDu8ENA PARA MEJOR SEGufllDA0 DE SUS PUBLICACIONES ABOGL CESAF1_AUGuSTO CACEt\ES CANO joRGE Aij!Emo nico sALiRAS Coordinador y Supervisor EMPPIESA NACIONAL DE Al]TES GRAFICAS E.N.A.a. REPUBLICA (I) COSTOS FINANCIEROS: ... HONDURAS - TEGUCIGALPA (in) PRES16N POR VAPOR REID (REID VAPOR PRESSURE) 0 RVP: . . . (n)FONDOPARALARENOVAC16NDELPARQUE DE CILINDROS:Conelinic.o objeto de renovar el parque de cilindros de Gas Licuado de Petr6leo en .Iaspresentacionesdecilindrosdehastaveinticinco (25) libras, cumpliendo con la nomativa nacional y los Reglamentos T5cnicos Centroamericanos, se calculari la estructura de precios de la siguiente forma:paralosmesesdeabrildedosmildiecisiete (2017) a febrero de dos nil dieciocho (2018): se maptendi el precio final de la estructura vigente al 01 de marzo de dos nil diecisiete (2017) y, la diferencia resultante entre estas dos cantidades: de ser positiva, deteminara el valor del excedente que se utilizari para la formaci6n del Fondo para la Renovaci6n del Parque de Cilindros, el cual sera retenido por los envasadbres de Gas Licundo de Petr6leo y depositado en rna cuenta exclusiva M.D. C.. 30 DE JULIO DEL 2018 No.34 centavos (L.3.23) por gal6n de Gas Licua Petr6leo al calcular el precio final de la estn elcunlpodidisminuirseperonoaunentarse lo establezca la' Comisi6n Administrado] Petr61eo. Lo anterior deteminara el valor al I paralaRenovaci6ndelParquedeCilindros,€ sera retenido por los envasadores de Gas Lil de Petr6leo y deposhado.en rna cuenta exc] a este efecto, debiendo comprobar mensunlr en los diez (10) primeros dias del mes los va retenidos en el mes inmediato anterior, medial fomato facilhado por la Secretan'a de Desal Econ6rfuco, los comprobantes de dep6sitos I banco,loscomprobantesdetransferenciaalaci del Fideicomiso para la Rengvaci6n del Parqi Cilindros, 1as correspondientes facturas de vei cunlquierotrodocumentosolicitadoporlaSecre de Desarrollo Econ6mico".
Articulo 2
EIPresenteAcuerdoentratenvigen partirdesupublicaci6nenel Diario Oficial``LAGACE' a este Qfecto; de ser negativa, determinara el valor a tomar del Fondo para la Renovaci6n del Parque de Cilindros, para c.ubrir la diferencia; a partir de abril de dos mil dieciocho (2018) la Comisi6n Administradora del Petr6leo (CAP} al aplicar el Sistema Precios Paridad de Importaci6n realizara los ajustes necesarios en el calculo de la estructura mensual segtin la tendencia de los preciosintemacionalesdelGasLicuadodePetr6leo asegurandoelaportealfondoparalarenovaci6ndel COMUNIQUESE Y PUBLfQUESE. AENALDO CASTILL0 Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Econ6mico.