Acuerdo Ejecutivo No. 489-2020 — Autorización a la Procuraduría General de la República para formalizar Acta de Liberación de Gravamen de bienes inmuebles
Resumen
Este acuerdo autoriza al Procurador General de la República a firmar un documento oficial que libera una hipoteca sobre tres terrenos en Cortés que pertenecieron al Hotel Brisas del Lago. Los terrenos pasan a Henry Arévalo Fuentes porque ya pagó completamente la deuda. Los gastos notariales y de registro corren por cuenta del comprador.
Considerandos
- 1.Que el Artículo 245 de la Constitución de la República de Honduras en su numeral 11, establece que: “Es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a Ley”, en el mismo orden de ideas el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública estatuye que: “El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada...”.
- 2.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, emitió Resolución A.L. 043-2019 de fecha trece (13) de marzo de dos mil diecinueve (2019), la cual en su parte resolutiva literalmente establece: “PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud presentada por la Abogada SENOBIA CABALLERO REYES, en su condición expresada. SEGUNDO: Que se extienda Acta de Liberación de Gravamen del Inmueble el cual consta de tres terrenos localizados en el Departamento de Cortés, propiedad de la Corporación Nacional de Inversiones (CONADI), inscritos en el Registro de la Propiedad bajo el número 50 del tomo 1786, del cual se negoció un contrato de compra-venta, dando fiel cumplimiento a lo acordado entre las partes, tal como se acredita en la constancia del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), (Ver folio 5) y en CONSTANCIA de fecha 31 de julio de 2018, emitida por la Tesorera General de la República, en donde se hace constar que el señor HENRY AREVALO FUENTES realizó los pagos correspondientes para la cancelación de la totalidad de la deuda, por lo que no tiene obligaciones pendientes con tal institución (Ver folio 5 y 47). TERCERO: Que se inicie el trámite para la emisión del Acuerdo Ejecutivo que el señor Presidente de la República, si así lo decide, autorice al señor Procurador General de la República a comparecer ante Notario Público a firmar la correspondiente Acta de Liberación de Hipoteca a efecto de liberar el bien inmueble aquí descrito, quedando bajo la responsabilidad del peticionario los honorarios notariales del acta de liberación de hipoteca y cualquier gasto o impuesto por la inscripción registral.”
- 3.Que según Testimonio del Instrumento número sesenta y seis (66) del diez de junio de mil novecientos noventa y dos, inscrito bajo el número cincuenta (50) del Tomo 1786 del Registro de la Propiedad y Mercantil de la ciudad de San Pedro Sula en fecha veintiuno (21) de abril de mil novecientos noventa y tres (1993) autorizado por la Notario MARIA DOLORES RAUDALES RASKOFF, en el cual comparecen el abogado DAVID MENDOZA LUPIAC, en su condición de presidente de la Junta Liquidadora de la CORPORACION NACIONAL DE INVERSIONES (CONADI), según el Acuerdo No. 90-92 emitido por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia de fecha veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y dos (1992), en relación con el Acta Número cuarenta y cuatro (44) de fecha tres (3) de febrero de mil novecientos noventa y dos (1992), emitida por la Junta Liquidadora dicha Corporación y por otra parte el señor HENRY AREVALO FUENTES, quien actúa en su propio nombre, quienes asegurándome hallarse en el pleno goce de sus derechos civiles, libre y espontáneamente declaran: PRIMERO: El abogado DAVID MENDOZA LUPIAC, en el carácter con que comparece: Que la CORPORACION NACIONAL DE INVERSIONES (CONADI), es dueña de los activos que pertenecieron a la empresa HOTEL BRISAS DEL LAGO, los que se describen de la siguiente manera: LOTE NÚMERO UNO: Con una extensión superficial de nueve mil catorce punto noventa y tres metros cuadrados (9,014.93 mts.²) equivalentes a doce mil novecientos veintinueve punto setenta y cuatro varas cuadradas (12,929.74 vra,²) cuya relación de medidas es la siguiente: partiendo del punto cero (0) al punto (1), rumbo Sur, cero siete (07) grados cuarenta y ocho minutos (48’) Oeste, con una distancia de cincuenta y cinco metros (55 mts.); del punto uno (1) al punto dos (2) rumbo Sur, sesenta y un grados (61) cero cuatro minutos (04’) oeste, con una distancia de noventa y nueve punto cero cinco metros (99,05 mts.); del punto dos (2) al punto tres (3) rumbo Norte, ochenta y dos grados (82 grados) veintiséis minutos (26’) oeste, con una distancia de veinte punto quince metros (20.15 mts.); del punto tres (3) al punto (4) rumbo Norte, cero siete grados (07 grados) treinta y seis minutos (36’) Este, con una distancia de ciento catorce punto cero siete metros (114.07 mts.); y, del punto cuatro (4) al punto cero (0) donde cierran el polígono rumbo Sur, ochenta y dos grados (82 grados) veintiséis minutos (26’) Este, noventa y nueve punto sesenta y cinco metros (99.65 mts.), siendo sus límites generales: Al norte, con lote D-1 y D-8; al sur con Lago de Yojoa, calle uno de por medio; al Este, con el Bloque 1-A de URBANIZACION BRISAS DEL LAGO, primera avenida de por medio; y, al Oeste, con el Bloque G de la misma URBANIZACION BRISAS DEL LAGO, segunda avenida de por medio, aclarando que sobre este lote se encuentra ubicada la CASA CLUB. LOTE NÚMERO DOS: Con una extensión superficial de cuatro mil trescientos ochenta y cinco punto noventa y dos metros cuadrados (4,385.92 mts²) equivalentes a seis mil doscientos noventa punto cincuenta y cuatro varas cuadradas (6,290.54 vrs²) cuya relación de medidas es la siguiente: partiendo del punto cero (0) al punto uno (1) rumbo Norte, ochenta y tres grados (83 grados) cero nueve minutos (09’) oeste, con una distancia de cincuenta metros (50 mts), desde el punto uno (1) al punto ( 2 ) r u m b o S u r, c e ro s i e te g ra d o s ( 0 7 g ra d o s ) cero siete minutos (07’) oeste, con una distancia d e o c h e n t a y o c h o p u n t o c i n c u e n t a m e t r o s (88.50 mts.); del punto dos (2) al punto tres (3) rumbo Sur, ochenta y cinco grados (85 grados) dieciséis minutos (16’) este, con una distancia de cincuenta metros (50 mts.); del punto tres (3) al punto cero (0) rumbo Norte, cero seis gados (06 grados) cincuenta y dos minutos (52’) este, ochenta y siete metros (87 mts.) cerrando aquí su poligonal, siendo sus límites generales: Al Norte, limita con lote A propiedad de DONALD ALEJANDO DELGADO; al Sur, limita con Lago de Yojoa, parte del embarcadero; al Este limita con lote número uno de la URBANIZACIONES BRISAS DEL LAGO, segunda avenida de por medio; y, al Oeste, con propiedad de la señora IRENE VIUDA DE PINEDA, aclarando que sobre este lote se encuentra ubicada la CASA MARINA. LOTE NÚMERO TRES: Con una extensión superficial de seis hectáreas tres mil quinientos treinta y cinco punto cincuenta y seis metros cuadrados (3,535.56 mts.²) equivalentes a nueve manzanas mil ciento veintiséis punto cero cinco varas cuadradas (9 mzn. 1.126.05 vra²) c u y a relación de medidas la siguiente: Del punto cero (0) al punto uno (1) rumbo Sur, cincuenta y dos grados (52 grados) cuarenta y ocho minutos (48’) Este, con una distancia de cuatrocientos veintinueve punto ochenta metros (429.80 mts); del punto uno (1) al punto dos (2) con rumbo Sur, setenta grados (70 grados); treinta minutos (30’) oeste, con una distancia de treinta y siete punto treinta y un metros (37,31 mts); del punto dos (2) al punto tres (3) con rumbo Norte, cincuenta y dos grados (52 grados) cuarenta siete minutos (47’) Oeste, con una distancia de treinta cuatro punto ochenta y cinco (34.85 mts); del punto tres (3) al punto cuatro (4) con rumbo Sur, setenta grados (70 grados) veinticuatro minutos (24’) Oeste, con una distancia de trescientas treinta y cinco punto ochenta y nueve metros (335.89 mts); del punto cuatro (4) al punto cinco (5) rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de ciento sesenta punto veintidós metros (160.22 mts); del punto cinco (5) al punto seis (6) con rumbo Norte, cero siete grados (07 grados) diez minutos (10’) Oeste, con una distancia de treinta y seis punto treinta y tres metros (36.33 mts); del punto (6) al punto siete (7) con rumbo Norte, ochenta y dos grados (82 grados) cincuenta y tres minutos (53’) Este, con una distancia de ocho punto cero nueve metros (8.09 mts); del punto siete (7) al punto (8) con rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de cincuenta y seis punto setenta y dos metros (56.72 mts); del punto ocho (8) al punto nueve (9) con rumbo Norte, diez grados (10 grados) treinta y seis minutos (36’) oeste, con una distancia de veinticinco punto veinticinco metros (25.25 mts); del punto nueve (9) al punto diez (10) con rumbo Norte, setenta y nueve grados (79 grados) veintisiete minutos (27’) Este, con una distancia de seis punto cero tres metros (6.03 mts); del punto diez (10) al punto once (11) con rumbo Norte, cero cuatro grados (04 grados) cero cero minutos (00’) Este, con una distancia de cincuenta y tres punto cincuenta y cuatro metros (53.54mts); del punto (11) al punto Cero (0) cerrando el polígono con rumbo Norte, veintidós grados (22 grados) treinta y un minutos (31’) Este, con una distancia de treinta y tres punto sesenta y cuatro metros (33,64 mts), siendo sus límites generales: Al Norte, con propiedades del señor RODOLFO BARRIENTOS, carretera a Peña Blanca de por medio; al Sur, con propiedades de IRENE DE AYESTAS VIUDA DE PINEDA; al Este, con propiedad también del señor RODOLFO BARRIENTOS; y, al Oeste, con propiedad de la señora MELANIA PINEDA DE FERNANDEZ Y FRANCISCO FERNANDEZ G. - IV) Los activos de la empresa HOTEL BRISAS DEL LAGO, que son los siguientes A) Edificio Central que consta de tres niveles y alberga los ambientes siguientes: a) facilidades administrativas; b) restaurante; c) bar; d) club nocturno; e) lobby; f) comercio; g) piscina pequeña; área total dos mil ciento seis metros cuadrados (2,106 metros cuadrados); B) Edificio de habitaciones cuatro unidades de dos plantas cada uno, separados entre sí y separados del edificio central; área total tres mil novecientos treinta y seis metros cuadrados (3,936 metros cuadrados); C) Edificio de servicio y mantenimiento (un nivel); área total seiscientos cuarenta metros cuadrados (640 metros cuadrados); D) Edificio para alojamiento de empleados (incluso) área total seiscientos cuarenta metros cuadrados (640 metros cuadrados); E) Obras exteriores: a) estacionamiento, doscientos cuarenta metros cuadrados (240 metros cuadrados); b) calle de acceso, mil seiscientos metros cuadrados (1,600 metros cuadrado); c) aceras, ciento veinte y cinco metros cuadrados (125 metros cuadrados); d) fosas sépticas dos (2), ciento ochenta metros cuadrados (180 metros cuadrados); e) drenaje, global; f) jardinerías. - Siendo parte integrante del presente contrato de compraventa todo los activos que posee la Corporación Nacional de Inversiones en el Hotel Brisas del Lago, los que se encuentran descritos en el inventario que levantó el Departamento de Bienes Adjudicados de la Corporación Nacional de Inversiones.
- 4.Que el Decreto Ejecutivo Número PCM- 047-2015 de fecha 02 de septiembre de 2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de septiembre del 2015 establece en su artículo 4 numeral 2) lo siguiente: “Autorizar de acuerdo al Reglamento respectivo las altas, bajas, transferencias, donaciones, permutas y la venta en pública subasta de bienes” y en el mismo orden de ideas el artículo 8 párrafo primero preceptúa: “En todo acto de compra, venta, permuta, donación, indemnización y concesión de inmuebles del Estado, para la debida salvaguarda y transparencia, deberá mediar la autorización de la Dirección Nacional de Bienes del Estado, conforme a los procedimientos en ley y lo dispuesto en los Reglamentos de esta Ley”.
- 5.Que esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas de conformidad a lo dispuesto en la parte resolutiva de la Resolución A.L. 043-2019 de fecha 13 de marzo del 2019, la cual literalmente establece “… TERCERO: Que se inicie el trámite para la emisión del Acuerdo Ejecutivo que el señor Presidente de la República, si así lo decide, autorice al señor Procurador General de la República a comparecer ante Notario Público a firmar la correspondiente Acta de Liberación de Hipoteca a efecto de liberar el bien inmueble aquí descrito, quedando bajo la responsabilidad del peticionario los honorarios notariales del acta de liberación de hipoteca y cualquier gasto o impuesto por la inscripción registral…” autoriza a la Procuradora General de la República a comparecer en representación del Estado de Honduras, a suscribir la correspondiente Acta de liberación de gravamen, mediante la cual se formalice el traspaso de los bienes inmuebles mencionados anteriormente y se proceda a la inscripción de la misma ante el Registro de la Propiedad, inmueble de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés y se extienda copia de la referida escritura pública para posteriormente ser adjudicado al señor HENRY AREVALO FUENTES, por haber cancelado la totalidad del crédito otorgado en la compra de los bienes inmuebles que pertenecían a la empresa denominada Hotel Brisas del Lago.
- 6.Que el artículo 228 de la Constitución de la República establece: “La Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley”.
- 7.Que el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que “La sección de Procuraduría tendrá a su cargo la Personería del Estado y será ejercida por el Procurador General en el cumplimiento de las siguientes atribuciones: 1…, 2…, 3. Comparecer en representación del Estado conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación. 4…, 5…, 6…, 7…, 8…, 9…, 10…, 11…, 12…, 13…, 14…, 15…”.
Articulos
Articulo 1
Autorizar al titular de la Procuraduría General de la República, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras acuda ante Notario Público para proceder a la formalización mediante la autorización de Escritura Pública del Acta de Liberación de Gravamen de tres lotes de terrenos con sus respectivas mejoras y activos que se encuentran inscritos bajo el número cincuenta (50) del Tomo 1,786 del Registro de la Propiedad Hipotecas y Anotaciones Preventivas de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en fecha veintiuno (21) de abril de mil novecientos noventa y tres (1993) que pertenecieron a la Empresa Hotel Brisas del Lago y que pasaron a ser parte de la Corporación Nacional de Inversiones (CONADI) de conformidad al Testimonio del Instrumento número sesenta y seis (66) del diez (10) de junio de mil novecientos noventa y dos (1992), autorizado por la Notario MARIA DOLORES RAUDALES RASKOFF.
Articulo 2
La totalidad de los gastos en que se incurra por la escrituración e inscripción en el registro respectivo por la transferencia de los lotes de terreno descritos anteriormente correrán por cuenta del señor HENRY AREVALO FUENTES.
Articulo 3
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta“. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN DE GOBIERNO POR DELEGACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: PRIMERO: Reestructurar la Dirección General de Registros del Instituto de la Propiedad, independizando las Unidades de Catastro y Geografía de esta Dirección, debiendo hacerse los trasladados del personal técnico y administrativo de estas dependencias a las nuevas Direcciones que se creen, a fin de mantener la operatividad de las mismas. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,599 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN