VigenteCategoria: Financiero y Tributario
8 de abril de 2022 | La Gaceta No. 35,894

Decreto Legislativo — Artículo 275-I: Autorización para cambios de imputación presupuestaria de servicio de deuda

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Resumen

Esta ley autoriza a la Secretaría de Finanzas a corregir y reorganizar los registros de pagos de la deuda pública en el sistema financiero del Estado cuando esos pagos hayan sido reembolsados con dinero de préstamos internos o externos. El objetivo es mejorar la disponibilidad de efectivo en las arcas nacionales.

Articulos

Articulo 275

I.- Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice los cambios de imputación presupuestaria a los objetos de gasto, organismo o fuente de financiamiento mediante la corrección y/o reversión de los registros de pago de servicio de deuda pública interna y externa aprobados mediante Formularios de Ejecución del Gasto (F-01) en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), cuando dichos pagos fueran rembolsados con recursos provenientes de Contratos o Convenios de Financiamiento interno o externo, en especial los Convenios de Crédito entre el Banco Central de Honduras y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, lo anterior, con la finalidad de aliviar el Flujo de Caja de la Tesorería General de la República.

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