Resolución No. 4562020 — Licencia de Distribuidor No Exclusiva a Distribuidora Comercial, S.A. (DICOSA) de Wego Healthcare (Shenzhen) Co., Ltd
Resumen
Esta resolución autoriza a Distribuidora Comercial, S.A. (DICOSA) para distribuir productos de la empresa china Wego Healthcare en todo Honduras. La licencia no es exclusiva, lo que significa que la empresa extranjera puede tener otros distribuidores, y tiene validez hasta septiembre de 2022. Beneficia a DICOSA permitiéndole comercializar estos productos en el país.
Texto completo
LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA, otorgada mediante Resolución Número 4562020 de fecha 14 de Diciembre del año 2020, mediante Contrato de Distribución de fecha 07 de septiembre del año 2020, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA de la Empresa Concedente WEGO HEALTHCARE (SHENZHEN) CO., LTD (WEGO HEALTHCARE), de nacionalidad china; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2022; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CESAR ANDRES VERDE ZUNIGA, Encargado de la Secretaría General, Acuerdo No.232-2020. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho de diciembre del año dos mil veinte. CESAR ANDRES VERDE ZUNIGA Encargado de la Secretaría General Acuerdo No 232-2020. 20 E. 2021 _________ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de marzo del año 2020 el Abogado Manuel Rodrigo Mazariegos Zuniga, Representante Procesal del señor José Rosario Bonanno Zaldivar, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2020-00144, contra el TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, incoando demanda ordinaria en materia Contencioso Administrativo para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y que se adopten medidas, como medida para su pleno restablecimiento se declare solvente con el Estado de Honduras, en lo referente con las resoluciones derivadas del pliego de responsabilidad No. 01/06/01/2010 DASP y que conforman el acto administrativo impugnado y emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas.- Que se condene en costas.- Se acompañan documentos.- Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 20 E. 2021 _________ Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 20 E. 2021
La G aceta
Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 20 D E ENERO D EL 2021 No. 35,492 JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de abril del año dos mil diecinueve (2019) el Abogado JORGE ALBERTO HERRERA FLORES, en su condición de apoderado legal del señor EDER CASZELY CHAVARRIA ESPINAL, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00152, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, incoando Demanda en Materia de Personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, el reintegro al cargo de inspector de trabajo III, dependiente de la unidad de servicios de inspectoría de la Secretaría del Trabajo y Seguridad Social. Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. ABOG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 20 E. 2021. ______ ADDENDUM No. 1 LICITACIÓN PÚBLICA No. 23/2020 Banco Central de Honduras El BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, que presentaran ofertas para la Licitación Pública No.23/2020, referente a la contratación por lotes del suministro, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de la infraestructura tecnológica y componentes del CCTV para la modernización y fortalecimiento de la seguridad electrónica de los edificios del BCH, así: Lote No. 1: Edificio del BCH ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República y Lote No. 2: Edificio de la Sucursal del BCH ubicado en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés, informa:
- •
IAO 20.1: “Las ofertas deben tener una valiz mínima de ciento venite (120) días hábiles, ..., es decir del 4 de febrero al 30 de julio de 2021...”.
- •
IAO 21.1: “La vigencia de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta será de... (del 4 de febrero al 30 de julio de 2021) ......
- •
El Acto de Recepción de Documentos y Apertura de Ofertas Económicas se reprograma para el 4 de febrero de 2021, a las 10:00 A.M., hora local, en el Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Tegucigalpa, M.D.C., 19 de enero de 2021. GERMAN DONALD DUBÓN TROCHEZ GERENCIA 20 E. 2021.
La G aceta
Sección B Avisos L egales REPÚBLICA D E H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 20 D E ENERO D EL 2021 No. 35,492 CERTIFICACIÓN El infrascrito Secretario General a.i., de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CERTIFICA la parte conducente del Acta de la Sesión No.1464 celebrada en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central el veintinueve de diciembre de dos mil veinte, con la asistencia de los Comisionados ETHEL DERAS ENAMORADO, Presidenta; JOSÉ ADONIS LAVAIRE FUENTES, Comisionado Propietario; EVASIO A. ASENCIO, Comisionado Propietario; JOSÉ ANTONIO PINEDA RAMOS, Secretario General, a.i.; que dice: “… 4. Asuntos de la Gerencia de Estudios: … literal a) ...