Edicto No. 0801-2023-01251 — Demanda contencioso administrativa por nulidad de acto administrativo del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre
Resumen
Este documento contiene avisos de demandas contencioso-administrativas donde empleados de la Administración Aduanera de Honduras impugnan sus despidos, solicitando que se declaren nulos los actos administrativos que los cancelaron. Los demandantes buscan ser reintegrados a sus puestos con salarios adeudados, beneficios laborales y compensación por daños.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora MERSY SARAHI CERNA VALLECILLO, interponiendo demanda Contencioso Administrativo vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00588, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-DE- GNGTH-087-2023, de fecha 14 de abril del año 2023. acto emitido por la Administración Aduanera de Honduras, demanda para que se declare no ser conforme a derecho, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, que se reconozca la situación jurídica individualizada consistentes en que se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos consistentes en que se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo iguales o mejores condiciones ordenándose el pago de los salarios dejados de percibir a título indemnización por daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo, además del reconocimiento los incrementos salariales durante la secuela del juicio, más del pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y otros.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 1 M. 2024 PODER JUDICIAL AVISO TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de La Entrada Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que MIRIAN ELIZABETH ALDANA, mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña y con domicilio en comunidad de Valle María, jurisdicción del municipio de San Jerónimo Copán, departamento de Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio un lote de terreno ubicado en la comunidad de Valle María, jurisdicción del municipio de San Jerónimo Copán, el cual tiene la relación de medidas siguientes: del punto uno al punto dos rumbo Norte, setenta y nueve grados, cero cero minutos y cero cero segundos Este (N79°00̓00”E), distancia de diez punto diez metros (10.10 Mts), colinda con Feliciano Contreras; del punto dos al punto tres rumbo Norte, setenta y nueve grados, cero cero minutos y cero cero segundos Este (N79°00҆00”E), distancia de veinticuatro punto cuarenta metros (24.40 Mts); del punto tres al punto cuatro rumbo Sur, dieciocho grados, veintisiete minutos y cuenta y cuatro segundos Este (S18°27҆44”E), distancia de veintiuno punto cincuenta metros (21.50 Mts), colinda por estos puntos con José Adonay Coto; del punto cuatro al punto cinco con rumbo Sur, setenta grados, cero cero minutos, cero cero segundos Oeste (S70°00̓00”O), distancia de veinte punto cero cero metros (20.00 Mts), colinda con carretera internacional; del punto cinco al punto seis rumbo Sur, setenta grados, cero cero minutos, cero cero segundos (S70°00҆00”O). distancia de veintiuno punto cincuenta metros (21.50 Mts), colinda con carretera internacional y del punto seis al punto uno rumbo Norte, cero tres grados, veintitrés minutos, cuarenta y seis segundos Oeste (N 03°23҆46”O), distancia de veintiocho punto cero seis metros (28.06Mts), colinda con Feliciano Contreras; con un área total de MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE PUNTO OCHENTA Y DOS VARAS CUADRADAS (1,327.82 V2) igual a NOVECIENTOS VEINTINTICINCO PUNTO SETENTA y NUEVE METROS CUADRADOS (925.79 M2), equivalente a CERO PUNTO TRECE DE MANZANAS (0.13 Mz); el cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años, y en la que los testigos JOSÉ ADONAY COTO ALDANA, JOSE RAUL LORENZO CORDOVA y SIOMARA ALADANA, quienes afirmaran ser cierto. La Entrada Copán, 25 de enero del año 2024 ABG. WENDY SAHARAI MIRANDA SECRETARIA 1 M., 1 A. y 2 M. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA , M.D.C., 1 D E MARZO D E L 2024 N o . 36,474 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de agosto del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor LEONARDO FABIO BONILLA ARAUZ, incoando demanda en materia personal. Con orden número 0801-2023-00998, contra el Estado de Honduras, un oficio de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, solicita en materia personal para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública por infracción del ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos de los administrados y para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a sus puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones más el pago de los salarios de percepción que en derecho corresponden y demás derechos y beneficios que se otorguen durante la sustanciación del juicio. Notificación defectuosa. Se acompañan documentos autenticados. Poder. - Costas. - Manifiesto mi intención de cumplir con los requisitos que manda la ley, en relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-161-2023 del 11 de agosto de 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTO 1 M. 2024 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO