Edicto No. 0801-2023-01266 — Demanda contencioso administrativa en materia de personal contra Instituto de la Propiedad
Resumen
Un trabajador demanda al Instituto de la Propiedad para anular su despido ilegal ocurrido el 31 de octubre de 2023. Busca ser reinstalado en su puesto y recibir todos los salarios y beneficios dejados de percibir desde su cancelación. El juzgado debe revisar si el despido cumplió con la ley.
Texto completo
Que en fecha veintiuno (21) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado CESAR ALEJANDRO RIVERA URBINA, actuando en su condición de apoderado legal del señor SAID ARNULFO SANTOS PINEDA, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01266, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad, incoando demanda especial en materia de personal. Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número SE-IP-690-2023 de fecha treinta y uno (31) de octubre del dos mil veintitrés (2023), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley incluso con exceso y desviación de poder. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos. Se ordene al Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de cancelación hasta la fecha de la debida reinstalación al cargo, más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio tales como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, incrementos salariales, vacaciones, bonificación en concepto de vacaciones y otros derechos otorgados a los demás trabajadores en ausencia del actor más los intereses que correspondan. Se acompañan documentos. Se acredita representación. Costas.- En relación al Acuerdo de Cancelación No. SE-IP-690-2023 de fecha 31 de octubre del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 26 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: