Edicto No. 0801-2024-00012 — Aviso de Demanda en Materia Ordinaria - Nulidad de Resolución Cesantía Defensa Nacional
Resumen
Un médico demanda al Estado (Ministerio de Salud) para que declare nulo su despido y le pague los salarios, incrementos y bonificaciones que dejó de recibir desde 2013 hasta su retiro, porque el ministerio no respondió su reclamo administrativo en el tiempo establecido.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de apoderada legal del señor SOLNES JOEL LOPEZ PUERTO, interponiendo demanda especial en materia Ordinaria, con número de ingreso 0801-2023- 01056, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD; para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 01 de enero del 2013 hasta la fecha de retiro. Intereses. Costas. Se acompañan documentos. Habilitación de días y horas inhábiles. Delegación de poder. En relación al Acto Presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 4 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO