Edicto No. 0601-2024.00487 — Aviso de título supletorio de MOISES MEJIA
Resumen
Este aviso publica una solicitud de título supletorio para dos terrenos en El Corpus, Choluteca, a nombre de Moisés Mejía. El propósito es otorgar documentos legales de propiedad a quien ha poseído quieta y pacíficamente estas tierras por más de treinta años sin títulos registrados. Beneficia al propietario al reconocer legalmente su derecho sobre los predios.
Texto completo
EXP. 0601-2024.00487 AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado OSCAR EDGARDO GONZALEZ GUILLEN, actuando en su condición de Representante Legal del señor JOSUE DANIEL MEJIA CANACA, mayor de edad, soltero, hondureño, con domicilio en esta ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, quien actúa en su condición de representante legal del señor MOISES MEJIA, mayor de edad, casado, hondureño, agricultor y ganadero con Documento Nacional de Identificación Número 0605-1962- 00040, quien tiene su domicilio temporal en los Estados Unidos de Norteamérica, representación que acredita según el Instrumento Público Número 792 de Poder General para Pleitos y Gestiones Administrativas autorizado por el Notario JOSE FRANCISCO VELASQUEZ MARTINEZ, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de los lotes de terreno ubicados en Caserío conocido como RANCHO QUEMADO, Aldea CAYANINI, municipio EL CORPUS, departamento CHOLUTECA Lote No.1), Mapa Final JC-11; Extensión del Predio 04 HAS, 14 AS, 28.88 CAS, Naturaleza Jurídica y Sitio GUANIJIQUIL O CAYANINI / PRIVADO, COLINDANCIAS: AL NORTE, ANABEL, CALLE DE POR MEDIO, INES MENDEZ BETANCO, MOISES MEJIA; SUR, DORIS MONCADA, ROBERTO ORTIZ GUILLEN; ESTE, INES MENDEZ BETANCO; OESTE, FLORENCIO ORTIZ, OBSERVACIONES según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO GUANIJIQUIL DE NATURALEZA JURÍDICA PRIVADA Lote No.2): Un predio ubicado Caserío LUGAR CONOCIDO COMO RANCHO QUEMADO, Aldea CAYANINI municipio EL CORPUS, departamento CHOLUTECA, Mapa Final: JC-11 extensión del predio: 07 HAS, 29 AS, 60.92 CAS Naturaleza Jurídica y Sitio GUANIJIQUIL O CAYANINI PRIVADO. COLINDANCIAS: NORTE, JOSE ESTEBAN ORTIZ GALO; SUR, CALLE DE POR MEDIO CON MOISES MEJIA, ESTE, INES MENDEZ BETANCO; QUEBRADA DE POR MEDIO CON DARLIN CASCO; OESTE, FLORENCIO ORTIZ, JOSE ESTEBAN GALO, OBSERVACIÓN: Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO GUANIJIQUIL DE NATURALEZA JURÍDICA PRIVADA. El presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de treinta años de poseerlo. Choluteca ,08 de octubre del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 7 N. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 DE NO VIE MBRE D E L 2024 N o . 36,683 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de febrero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado JOSÉ SANTOS SAAVEDRA PAZ, actuando en su condición de Apoderado Legal de la ciudadana PATRICIA NAZARETH VELÁSQUEZ MOLINA, quien delegó poder en el Abogado FLAVIO FRANCISCO SAAVEDRA FUNES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00301, contra el Estado de Honduras a través de LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el acuerdo de cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-009-2023, de fecha veintitrés (23) de enero del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Administración Aduanera de Honduras. Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injusto, se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento como ser:
- A)
Restitución al cargo; y,
- B)
pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación, tomando en cuenta cualquier aumento o beneficio adicional que pudieran darse durante el transcurso del juicio hasta la reinstalación, se acompañan documentos, petición, se acredita representación. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 N. 2024 ___________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS