Edicto No. 0801-2021-00036 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Incremento de Salarios Médicos
Resumen
Este documento notifica dos demandas ante un juzgado de lo Contencioso Administrativo: una de nueve médicos que reclaman incrementos salariales no resueltos por la Secretaría de Salud desde 2019, y otra de una empleada aduanal que demanda su reintegro tras cancelación ilegal. Ambas buscan que se declaren nulos los actos administrativos y se paguen salarios adeudados con intereses.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once de enero del dos mil veintiuno, compareció a este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de Representante Procesal de los señores CINDY JULISSA MEDINA ACOSTA, LAURA ELISA ALVARADO CHAVEZ, JUAN JOSE FLORES PEREZ, DAISY YORLENI RODRIGUEZ MONTALVAN, GUIMEL JAHAZIEL PERALTA LOPEZ, HEYDY KAREN ZELAYA BANEGAS, GUSTAVO ALFREDO AGUILAR REYES, DANIEL AUGUSTO AGUILAR ZUNIGA Y SERGIA DANIELA ROSALES CASTRO, incoando demanda ordinaria contra la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, con orden de ingreso No.0801-2021-00036, solicitando se declare ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salarios; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incremento de salarios y reajuste del mismo conforme establece la Ley del estatuto del médico empleado Decreto Legislativo 167-85 y sus reformas; en relación con la ley de reordenamiento del sistema retributivo del gobierno central Decreto No. 220- 2003, incremento de salario bienal del 3.5% reajuste y pago de salarios, décimotercer mes, décimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir de 1 de enero del 2019, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Poder. En relación al acto administrativo presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 16 M. 2021 _________ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de enero del año dos mil veinte (2020), compareció ante este Juzgado la señora NIURY ZOAD VALLADARES CERRATO incoando demanda en materia ordinaria, con expediente número 0801-2020-00031 contra el Estado de Honduras a través del ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS contraída a pedir que se declare no ser conforme a derecho y la anulación de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta.- Y como medidas para su pleno restablecimiento el reintegro al cargo que ocupaba en iguales o mejores condiciones, y el pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de cancelación, incremento salarial y otros derechos que correspondan hasta la fecha de la debida reinstalación del cargo.- Se acompañan documentos.- Poder.- Costas. En relación alos actos impugnados consistentes en el acuerdo de cancelación número. No. CTL-094-2019, de fecha 16 de diciembre del año 2019.- ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 16 M. 2021
Sección B Avisos Legales R EPÚBLICA D E H O NDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 17 D E MARZ O D EL 2021 No. 35,546